El Concilio de Constanza (Konstanz), 1414-18, fue el 16 º Consejo ecuménico de la Iglesia Católica Romana. Trajo a su fin el Gran Cisma, durante el cual había sido la iglesia dividida por la creación de dos y tres papas rivales. Fue convocado por el antipapa Juan XXIII, a instancias del emperador Segismundo, pero bajo la dirección del Gerson conciliarists Jean y Pierre d'Ailly el consejo pronto declaró su superioridad sobre el Papado, depuesto dos de los demandantes (Juan XXIII y Benedicto XIII), y pulsa la abdicación de la tercera (Gregorio XII). Un nuevo papa, Martín V, fue elegido por el consejo. Antes de levantar en 1418, el Consejo decretó que los consejos generales con poderes superiores a los papas a partir de ahora se reunirá con regularidad. Este decreto, sin embargo, fue denunciado en última instancia por el papado.
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T. Tackett
Bibliografía
Mundy, JH, y Woody, KM, eds., El Concilio de Constanza, trad.
por Louise Loomis R. (1961).
[Esta es la introducción propuesta por Tanner en los Decretos de los Concilios Ecuménicos]
Este consejo fue convocado por Juan XXIII, el papa pisano [1], con el apoyo del emperador Segismundo. Comenzó el 05 de noviembre 1414 en la catedral de Constanza, con muchos obispos de todas partes de Europa. Negocios en el consejo fue tramitado de manera que fue en gran parte nueva de un concilio ecuménico, es decir, los votos fueron emitidos por personas no individuales, sino por naciones.
El consejo, desde el principio, propuso los tres temas siguientes:
1. Para lograr la unidad de nuevo a la iglesia y poner fin al cisma que había dividido la iglesia desde 1378 y que el consejo celebrado en Pisa en 1409 no había sanado, sino más bien agrava cuando se eligió a Alejandro V como papa terceros. Cuando el Concilio de Constanza abierto, los cristianos debían obediencia a tres Papas diferentes: algunos la obediencia debida a Gregorio XII de las otras partes romana a Benedicto XIII de la parte de Aviñón, y otros a Juan XXIII, que había sido elegido tras la muerte de Alejandro V . Juan XXIII y Benedicto XIII fueron depuestos por el consejo, Gregorio XII renunció voluntariamente. Entonces Martín V fue elegido Papa el 11 de noviembre 1417 y fue considerado como el pontífice legítimo por la Iglesia en su conjunto.
2. A fin de erradicar las herejías, especialmente aquellos propagación de John Wyclif en Gran Bretaña y por Juan Hus y Jerónimo de Praga, en Bohemia.
3. Para la reforma de las costumbres corruptas de la Iglesia. Esto, sin embargo, fue sólo parcialmente realizado en las últimas sesiones del consejo.
Con respecto a la naturaleza ecuménica de las sesiones, no hay disputa sobre los antes de la elección de Martín V y también sobre la importancia y la fuerza de la aprobación que dio a los asuntos tramitados por el consejo. Los decretos en particular los de las sesiones de 3-5 y el frequens decreto (sesión 39), parece proceder del consejo de la enseñanza. Se formula objeción alguna a ellos por razón de la primacía del Pontífice romano. No hay duda, sin embargo, que en la promulgación de estos decretos no había solicitud y cuidado de elegir el camino verdadero y seguro por delante con el fin de sanar el cisma, y esto sólo podía hacerse por la autoridad de un consejo.
Los actos del concilio de Constanza se publicaron por primera vez por Jerónimo de Croaria en Hagenau en 1500 (Acta scitu dignissima docteque concinnata Constantiensis Concilii celebratissimi = ASD), de la personificación de los actos que de Basilea había ordenado al Consejo que se deberán elaborar y aceptado públicamente en el 1442. Esta edición de la personificación de Basilea fue seguido por todas las colecciones generales de los consejos (incluyendo Editio Romana, IV, 127-300, a pesar de que ignora el consejo de Basilea). Estas colecciones, hasta Mansi (27, 529 a 1,240), añade varios anexos. H. von der Hardt, en su gran colección de las fuentes del consejo de Constanza, hizo una edición de los actos y decretos del Consejo de acuerdo a los primeros documentos fidedignos (oecumenicum Constantiense Magnum Concilium, en seis tomos, Francfort-Leipzig 1696 -1700, tomo IV, actorum Corpus et decretorum Magni Constantiensis Concilii de refor matione Ecclesiae, Unione ca fe = Hardt) Asd. Tenemos von der Hardt seguido a lo largo de edición y han señalado sólo el principio de variantes de Economía Aplicada. Se indican solamente, y no se imprimen, los decretos relativos a la administración interna del Consejo y de la iglesia y de los actos judiciales.
Me han dado los números sesión convencional para "el" Concilio de Constanza con el fin de hacer referencias cruzadas con otras ediciones más fácil. Sin embargo, es muy engañoso para hacerlo. No se debe hablar de "el" Concilio de Constanza, pero del consejo s de Constanza. Hubo un consejo de obispos [y otros] a partir 16 de noviembre 1414 que a su vez un estilo ecuménico, sino que el verdadero Papa de la época no reconocen como tal. Hubo otro consejo [incluso si sus miembros eran los de la primera], que convocó, por poder, el 4 de julio 1415 y se reconocen como ecuménico. La ratificación de "el" consejo de Martín el quinto, que figura en una nota al pie a la sesión 45, fue una ratificación de todo lo determina "de una manera conciliar ... por este consejo actual de Constanza", es decir, de la que convocó el 4 de julio 1415. La intención de las palabras "de una manera conciliar" es, según mi interpretación, para distinguir el consejo de verdad [ecuménica] de la falsa.
La cuestión es crucial para la posibilidad de la doctrina católica de la infalibilidad de los concilios ecuménicos, ya que las enseñanzas del Concilio Vaticano 1 sobre la primacía papal son incompatibles con los de la primera [no-ecuménica] Concilio de Constanza [en particular, la sesión de famosos 5, Haec Sancta, que enseña] conciliarismo, pero no con los del segundo [ecuménica] una
Crucial para mi reclamo es la cuestión de quién era el verdadero Papa y cuando un consejo verdaderamente ecuménico llegó a existir. Citaré de Phillip Hughes (las notas que aquí se incluyen son de texto de Hughes):
"Sólo cinco semanas después de Baldassare Cossa lo dócilmente aceptó la sentencia del consejo, los padres se reunieron para recibir la abdicación solemne de Gregorio XII. Fue, de hecho, y al final él se exige estar en la ley, el canónicamente elegido representante de la línea que volvió a Urbano VI, el último Papa a ser reconocido como Papa de los católicos en todas partes [2] La abdicación fue organizado y ejecutado con un cuidado para salvaguardar todo lo que Gregorio dijo ser;. y el fondo de esto - y, de hecho, requiere - mucho más examen detallado de lo que suele recibir. [3]
Gregorio XII envió a Constanza como sus representantes su protector Carlo Malatesta, Señor de Rímini, y el cardenal dominicano, Juan Domenici - con Constanza de hecho, pero no con el Consejo General se reunieron allí por la autoridad, y en el nombre de Juan XXIII. La comisión de los enviados fue el emperador Segismundo, que preside el varios obispos y prelados que su afán de restablecer la paz en la Iglesia se habían dado cita. Para estos enviados - y Malatesta en el primer lugar-Gregory le dio autoridad para convocar a un Consejo General - a convocar y no reconoce a - los obispos reunidos y prelados; [4] y por un segundo toro [5] que Malatesta facultada a renunciar a este Consejo General en su nombre.
El emperador, los obispos y prelados consentido y aceptado el papel de Gregory asignado. Y así, el 4 de julio 1415. Segismundo, vestido con el manto real, dejó el trono que había ocupado en las sesiones anteriores de un trono colocado ante el altar, como por el presidente de la asamblea. dos legados de Gregorio se sentó a su lado frente a los obispos. El toro se leyó la puesta en marcha Malatesta y Domenici a convocar el consejo y autorizar lo que debe hacer para la restauración de la unidad y la extirpación del cisma - con la condición explícita de Gregorio que no debe haber ninguna mención de Baldassare Cossa, [6], con su recordatorio de que a partir de su elección muy se había comprometido a dimitir si al hacerlo realmente podría avanzar con el buen trabajo de la unidad, y su afirmación de que la dignidad pontificia es realmente el suyo como el sucesor canónicamente elegidos de Urbano VI.
Malatesta luego delegó sus compañeros enviado, el cardenal Juan Domenici, al pronunciar las palabras formales dispositiva de la convocatoria [7], y la asamblea -, pero a su manera - aceptó ser convocado por lo tanto, autorizado y confirmado en nombre "de que el señor que en su propia obediencia se llama Gregorio XII "[8]. El próximo Consejo declaró que todas las censuras canónicas impuestas por razón del cisma fueron levantadas, y el toro fue leído por el cual Gregorio Malatesta autorizado para hacer el acto de abdicación [9] y se comprometió a considerar como Gratum rato y firmum, e irrevocable para siempre, lo Malatesta, como su apoderado, deberá realizar. El enviado pidió al Consejo si prefieren la renuncia de inmediato, o que no se realizará hasta la decisión de Pedro de Luna era conocido. El Consejo ha preferido el momento presente. Lo han ratificado todos los actos Gregorio XII, recibió sus cardenales como cardenales, prometió que sus agentes deben mantener sus puestos y declaró que si Gregorio se le prohibió volver a ser elegido Papa, esto fue sólo por la paz de la Iglesia, y no de cualquier personal indignidad. Entonces la gran renuncia se hizo [10], "... Renuncio et cedo... Et resigno... En hac sacrosancta synodo et universali Concilio, Sanctam Romanam universalem et repraesentante eccleciam" y el consejo aceptó [11], pero otra vez como hizo "por parte de ese señor que en su propia obediencia se llamaba Gregorio XII". El Te Deum se cantó y una nueva convocatoria elaborado llamando a Pedro de Luna que ceder a la autoridad del Consejo.
El trabajo de Pisa estaba casi deshecha, y por este Consejo que, en origen, era una continuación de Pisa. Se había suprimido el Papa de Pisa que pisa, con palabras morder, había rechazado como un papa cismático y no. "
Phillip Hughes Una historia de la Iglesia, P289-291
[En los asuntos a tratar en el consejo, en qué orden y por el cual los funcionarios [12]]
Juan, obispo, siervo de los siervos de Dios, para grabar en el futuro. Que deseen llevar a cabo esas cosas que se decretaron en el Concilio de Pisa [13] por nuestro predecesor, de feliz memoria, el Papa [14] Alejandro V, en relación con la convocatoria de un nuevo consejo general, que convocó a principios de este consejo presente mediante cartas de nuestros , cuyo contenido nos ha pedido que se incluirá en:
Juan, obispo ... [15]
Por ello, hemos reunido con nuestros venerables hermanos cardenales de la Santa Iglesia Romana, y nuestra corte a esta ciudad de Constanza en el tiempo señalado. Estar presente aquí por la gracia de Dios, queremos ahora, con el asesoramiento de este sagrado Concilio, para asistir a la paz, la exaltación y la reforma de la iglesia y para la tranquilidad del pueblo cristiano.
En una cuestión tan ardua que no tiene razón al confiar en sus propias fuerzas, sino más bien la confianza debe ser colocado en la ayuda de Dios. Por lo tanto, a fin de comenzar con el culto divino, que decretó, con la aprobación de este sagrado consejo, que una misa especial para este propósito hay que decir hoy. Esta masa ha sido debidamente celebrado, por la gracia de Dios. Ahora decreto por el que una masa se celebra colegialmente en este y en todas las iglesias de otros colegiados de esta ciudad, tanto secular como regular, una vez a la semana, es decir, todos los viernes, por la duración de este sagrado consejo. Además, para que los fieles puedan dedicarse a esta celebración sagrada más fervor, por el que se sienten refrescados por un regalo más abundante de la gracia, nos relajamos, gracias a Dios en el Señor, las siguientes cantidades de penitencia ordenado a todos y cada uno de ellos, que es verdaderamente arrepentidos y confesados tiene: para cada masa, un año a los días del sacerdote celebrante y de cuarenta a los presentes en él. Además, exhortamos a nuestros venerables hermanos cardenales de la Santa Iglesia Romana, así como patriarcas, arzobispos y obispos, y nuestros amados hijos elegido, abades y otros en el sacerdocio, con devoción para celebrar esta misa una vez por semana, para que el ayuda divina antes mencionados pueden ser implorado, y concedemos las mismas indulgencias que el celebrante y los presentes en la masa. Exhortamos en el Señor, además, todas y todos los que la gloria en el nombre de Cristo, para que el resultado deseado de un asunto tan grande se puede obtener, a entregarse con diligencia a la oración, el ayuno, la limosna obras pías y otros, por lo que que Dios puede ser aplacado por nuestra y su humildad, y así se dignó a conceder un resultado feliz de este encuentro sagrado.
Teniendo en cuenta, además, que un consejo especial debe tratar de los asuntos que conciernen a la fe católica, de acuerdo con las prácticas loable de los primeros concilios, y conscientes de que tal diligencia la demanda de las cosas, tiempo y estudio, a causa de su dificultad, por lo tanto, exhortar a todos los que están bien versados en las sagradas escrituras para reflexionar y tratar, tanto en sí mismo y con los demás, de esas cosas que parecen útiles y oportunas en esta materia. Que presenten tales cosas a nuestro conocimiento y que de este Sagrado Concilio, tan pronto como les sea posible, de manera que en un momento adecuado puede haber decidido qué cosas, al parecer, debe llevarse a cabo y lo repudió para el beneficio y el aumento de la fe católica misma.
Que ellos, especialmente reflexionar sobre los diversos errores que se dice que han surgido en algunos lugares en varias ocasiones, especialmente en los que se dice que han surgido de un tal Juan Wyclif llamada.
Exhortamos, por otra parte, todos los católicos reunidos aquí y otros que vendrán a este Sagrado Concilio que deben tratar de pensar en, para dar seguimiento y llevar ante nosotros, y de este Sagrado Concilio mismo, los asuntos por los que el cuerpo de los católicos podrán verse obligados, si Dios quiere, a una reforma apropiada y para la paz deseada. Para ello es nuestra intención y voluntad de que todos los que están reunidos para este fin puede decir, consultar sobre y, con total libertad, todas y cada una de las cosas que ellos piensan que pertenecen a la anterior.
En fin, sin embargo, que por regla general se puede observar en el procedimiento de este Sagrado Concilio con respecto a lo que son las cosas que decir y decidido, las medidas que se tomen y la regulación de las costumbres, creemos que resulta conveniente recurrir a la prácticas de los antiguos padres, que se aprenden mejor a partir de un canon del concilio de Toledo, el contenido de lo que hemos decidido insertar aquí [16]:
Nadie debe gritar o de cualquier manera alterar los sacerdotes del Señor, cuando se sientan en el lugar de bendición. Nadie debe causar molestias por contar historias o chistes o inactivo, lo que es peor, por los conflictos persistentes. Como dice el apóstol, si alguno se cree religioso y no refrena su lengua, sino que engaña su corazón, a continuación, su religión es vana. Porque la justicia pierde su reverencia cuando el silencio de la corte se ve perturbada por una multitud de gente turbulenta. Como dice el profeta, la reverencia debida a la justicia será el silencio. Por lo tanto todo lo que se está debatiendo por los participantes, o está siendo propuesto por personas que efectúen una denuncia, debe señalarse en voz baja para que los sentidos de los oyentes no se vean perturbadas por las voces contenciosos y no debilitar la autoridad de la corte por su tumulto . Quien piense que las cosas antes mencionados no deben ser observados mientras que el consejo se reúne, y perturba con ruido o disensiones o bromas, en contra de las cosas prohibidas aquí, puedan salir de la reunión, deshonrosamente despojado del derecho de asistencia, de acuerdo con el precepto de la ley divina (por la que se ordena: expulsar al burlador, y los conflictos se van con él), y será condenado a la excomunión por tres días.
Ya que puede ocurrir que algunos de los participantes no estarán en sus asientos que nos corresponde, decreto, con la aprobación de este sagrado consejo, de que no perjudicará en ningún caso surgen a ninguna iglesia o de la persona como resultado de esta disposición de los asientos.
Dado que ciertos ministros y funcionarios son necesarios para que este consejo puede proceder, por lo tanto, diputado, con la aprobación de este sagrado consejo, los mencionados a continuación, a saber, nuestros amados hijos ... [17]
[Juan XXIII público ofrece a renunciar al papado]
[Decretos relativos a la integridad y la autoridad del consejo, después de que el Papa s de vuelo [18]]
Para el honor, alabanza y gloria de la Santísima Trinidad, Padre, Hijo y Espíritu Santo, y obtener en la tierra, para las personas de buena voluntad, la paz que había prometido por Dios en la iglesia de Dios, este santo sínodo, llamado el sagrado general Concilio de Constanza, debidamente reunidos aquí en el Espíritu Santo con el propósito de traer la unión y la reforma de dicha iglesia en su cabeza y miembros, discierne declara, define y ordena de la siguiente manera.
En primer lugar, que este Sínodo ha sido y es correcta y adecuadamente llamado a esta ciudad de Constanza, y también ha sido correcta y adecuadamente comenzado y lugar.
A continuación, que este Sagrado Concilio no ha sido disuelto por la partida de nuestro señor papa de Constanza, o incluso por la partida de otros prelados o cualquier otra persona, pero sigue en su integridad y autoridad, incluso si los decretos por el contrario se han hecho o se hará en el futuro.
A continuación, que este sagrado consejo no debe y no se puede disolver hasta que el cisma actual ha sido completamente eliminado y hasta que la iglesia ha sido reformada en la fe y la moral, en la cabeza y miembros.
A continuación, que este sagrado consejo no puede ser transferido a otro lugar, excepto por una causa razonable, que debe ser debatida y decidida por este sagrado consejo.
A continuación, que los prelados y demás personas que deben estar presentes en este Consejo no podrá apartarse de este lugar antes de que haya finalizado, a excepción de una causa razonable, que debe ser examinado por las personas que hayan sido, o serán, delegado de este sagrado consejo . Cuando la razón ha sido examinado y aprobado, pueden salir con el permiso de la persona o personas con autoridad. Cuando la salida del individuo, está obligado a dar su poder a otros que se quedan, bajo pena de la ley, así como a los demás, designado por el consejo sagrado, y los que actúan en sentido contrario han de ser procesados.
[Decretos del Consejo en su autoridad e integridad, en la forma abreviada leída por el cardenal Zabarella]
En el nombre de la santa e indivisible Trinidad, Padre, Hijo y Espíritu Santo Amén. Este Santo Concilio de Constanza, que es un consejo general, para la erradicación del cisma presente y para traer la unidad y la reforma a la iglesia de Dios en la cabeza y los miembros, legítimamente reunido en el Espíritu Santo para alabanza de ordena Dios todopoderoso, define, decretos, discierne y se declara de la siguiente manera, para que esta unión y la reforma de la iglesia de Dios se puede obtener más fácilmente, con seguridad, fructífera y libremente.
En primer lugar, que este Sínodo, legítimamente reunido en el Espíritu Santo, que constituye un consejo general, en representación de la iglesia católica militante, tiene un poder inmediato de Cristo, y que toda persona de cualquier estado o dignidad, incluso papal, está obligado a obedecer en los asuntos que pertenecen a la fe y la erradicación de la escisión, dijo. [19]
A continuación, que nuestro santísimo señor Papa Juan XXIII no se puede mover o transferencia de la curia romana y sus cargos públicos, o por sus funcionarios, de esta ciudad a otro lugar, ni directa o indirectamente, obligar a las personas de dichos cargos a seguirlo , sin la deliberación y aprobación del santo sínodo mismo, lo que se refiere a los funcionarios u oficinas por cuya ausencia el consejo probablemente se disolvería o dañado. Si él ha actuado en sentido contrario en el pasado, o irán en el futuro, o si lo ha hecho en el pasado, es ahora o será en el futuro fulminato de cualquier proceso o mandatos o censuras eclesiásticas o de cualquier otra sanción contra dichos funcionarios o cualquier otros adherentes de este consejo, en el sentido de que lo siguiera a continuación, todo es nulo y de ningún modo son los dichos procesos, censuras y sanciones de ser obedecido, en la medida en que son nulas y sin valor, y que no son válidos. El dijo que los funcionarios son más bien el ejercicio de sus oficinas en la dicha ciudad de Constanza, y para llevarlas a cabo libremente como antes, siempre y cuando este santo sínodo se celebra en dicha ciudad.
A continuación, que todas las traducciones de los prelados, y los depósitos de la misma, o de cualquier persona beneficiados otros, revocación de commendams y regalos, advertencias, censuras eclesiásticas, procesos, condenas actos, y todo lo que ha sido o será hecho o logrado por nuestro citado señor y sus agentes o comisarios, desde el momento de su partida, a la lesión del consejo o de sus partidarios, contra los partidarios o los participantes de este sagrado consejo, o en perjuicio de ellos o cualquiera de ellos, en la forma que puede haber sido o se harán, o hacer, contra la voluntad de los interesados, en virtud de la ley en sí nulo, anulado, inválida y nula y sin efecto o momento, y el consejo por su anulación de la autoridad, anula y anula ellos.
[A continuación, se declaró y decidió que tres personas deben ser elegidos de cada país, quienes saben tanto las razones de aquellos que deseen apartarse y los castigos que deben imponerse a los que salen sin permiso. [20]]
A continuación, que, en aras de cardenales nueva unidad no debe ser creado. Por otra parte, no sea que por razones de engaño o fraude, algunas personas pueden decir que han hecho cardenales hace poco, este Sagrado Concilio declara que las personas no deben ser considerados como cardenales que no fueron reconocidos públicamente y considerada en el momento de nuestra Papa señor salida de la ciudad de Constanza.
El famoso decreto Haec Sancta contradiciendo Vaticano 1 sobre la primacía papal / infalibilidad.
[Decretos del Consejo, relativa a su autoridad e integridad, que había sido abreviada por el cardenal Zabarella en la sesión anterior, contra la voluntad de las naciones, y que ahora restaurado, repetido y confirmado por un decreto público]
En el nombre de la santa e indivisible Trinidad, Padre, Hijo y Espíritu Santo. Amén. Este Santo Concilio de Constanza, que es un consejo general, para la erradicación del cisma presente y para traer la unidad y la reforma a la iglesia de Dios en la cabeza y los miembros, legítimamente reunido en el Espíritu Santo para alabanza de ordena Dios todopoderoso, define, decretos, discierne y se declara de la siguiente manera, para que esta unión y la reforma de la iglesia de Dios se puede obtener más fácilmente, con seguridad, fructífera y libremente.
En primer lugar, declara que, legítimamente reunido en el Espíritu Santo, que constituye un consejo general y en representación de la iglesia católica militante, que tiene el poder inmediatamente de Cristo, y que toda persona de cualquier estado o dignidad, incluso papal, está obligado a obedecer en los asuntos que pertenecen a la fe, la erradicación de dicho cisma y la reforma general de la dicha iglesia de Dios en la cabeza y miembros.
A continuación, se declara que cualquier persona de cualquier condición, estado o dignidad, incluso papal, que contumacia se niega a obedecer el pasado o el futuro de los mandatos, estatutos, ordenanzas o preceptos de este sagrado consejo o de cualquier otro consejo legítimamente reunido en general, con respecto a las cosas antes mencionados o propios de las mismas, será objeto de merecida penitencia, a menos que se arrepienta, y será debidamente castigado, incluso recurriendo, si fuera necesario, a otros soportes de la ley.
A continuación, dicho santo sínodo define y ordena que el señor Papa Juan XXIII no se puede mover o transferencia de la curia romana y sus cargos públicos, o por sus funcionarios, de la ciudad de Constanza a otro lugar, ni directa o indirectamente, obligar a dicho funcionarios a seguirlo, sin la deliberación y aprobación del Santo Sínodo mismo. Si él ha actuado en sentido contrario en el pasado, o irán en el futuro, o si lo ha hecho en el pasado, es ahora o será en el futuro fulminato de cualquier proceso o mandatos o censuras eclesiásticas o de cualquier otra sanción, en contra de dichos funcionarios o cualquier otros adherentes de este sagrado consejo, en el sentido de que debe seguirlo, entonces todo es nulo y de ningún modo son los dichos procesos, censuras y sanciones de ser obedecido, en la medida en que son nulas y sin efecto. El dijo que los funcionarios son más bien el ejercicio de sus oficinas en la dicha ciudad de Constanza, y para llevarlas a cabo libremente como antes, siempre y cuando este h santo sínodo que se celebra en dicha ciudad.
A continuación, que todas las traducciones de los prelados, o declaraciones de la misma, o de cualquier otra persona beneficiados los funcionarios y administradores, revocación de commendams y regalos, advertencias, censuras eclesiásticas, procesos, sentencias y todo lo que ha sido o será hecho o logrado por el citado señor Papa Juan o sus funcionarios o comisarios, desde el comienzo de este consejo, a la lesión del consejo dijo o sus partidarios, contra los partidarios o los participantes de este sagrado consejo, o en perjuicio de ellos o de cualquiera de ellos, en la forma que puedan haber sido o se harán, o hacer, contra la voluntad de los interesados, son, por este mismo hecho, en la autoridad de este sagrado consejo, nulo, anulado, inválida y nula y sin efecto o momento, y el consejo de anulación de su autoridad, invalida y anula ellos.
A continuación, se declara que el señor Papa Juan XXIII y todos los prelados y otras personas convocadas a este sagrado consejo, y otros participantes en el sínodo mismo, han disfrutado y disfrutan ahora de plena libertad, como ha sido evidente en dicho consejo sagrado, y el contrario no ha sido puesta en conocimiento de las personas, dijo citado o del consejo, dijo. Dicho consejo sagrado prueba de ello ante Dios y la gente. [21]
[En esta sesión hubo, entre otras deliberaciones de menor importancia, los decretos sobre la admisión de la oficina del supervisor en el asunto de la renuncia del Papa Juan XXIII del papado y sobre la cita de San Jerónimo de Praga.]
[En esta sesión se decretó que el papa Juan debe ser público convocado y que la citación de Jerónimo de Praga, ahora acusado de contumacia, se debe repetir.]
Este sacrosanto Concilio de Constanza, que es un consejo general y representa a la iglesia católica y es legítimamente reunido en el Espíritu Santo, para la erradicación del cisma actual y la eliminación de los errores y herejías que están surgiendo por debajo de su sombra y por la la reforma de la iglesia, hacer este disco perpetuo de sus actos.
[Sentencia condenando varios artículos de Juan Wyclif]
Aprendemos de los escritos y las obras de los santos padres que la fe católica, sin la cual (como dice el Apóstol) es imposible agradar a Dios, ha sido a menudo atacados por los seguidores de falsos de la misma fe, o más bien por asaltantes perversa, y por aquellos que, deseosos de la gloria del mundo, son guiados por la curiosidad orgulloso de saber más de lo debido, y que se ha defendido contra esas personas por los caballeros de la iglesia espiritual fieles armados con el escudo de la fe. De hecho este tipo de guerras se prefiguró en la guerra física de los hijos de Israel contra las naciones idólatras. Por lo tanto en estas guerras espirituales de la santa iglesia católica, sistema de iluminación en la verdad de la fe por los rayos de luz desde arriba y que permanece siempre impecable a través de la providencia del Señor y con la ayuda del patrocinio de los santos, ha triunfado más gloriosamente en la oscuridad de la error sobre los enemigos libertino. En nuestros tiempos, sin embargo, que el viejo enemigo y celoso ha provocado nuevos conflictos, para que los aprobados de esta edad se manifieste. Su líder y el príncipe fue que pseudo-cristiano John Wyclif. Él afirmaba obstinadamente y enseñó muchos artículos en contra de la religión cristiana y la fe católica, mientras que él estaba vivo. Hemos decidido que el cuarenta y cinco de los artículos deben ser establecidos en esta página de la siguiente manera.
1. La sustancia del pan material, y lo mismo la sustancia material de vino, permanecen en el sacramento del altar.
2. Los accidentes del pan no se queden sin su sujeto en el sacramento, dijo.
3. Cristo no es idéntica y realmente presente en el sacramento, dijo en su propia persona física.
4. Si un obispo o un sacerdote está en pecado mortal, no ordena o confeccionar o consagrar o bautizar.
5. Que Cristo instituyó la masa no tiene ninguna base en el evangelio.
6. Es necesario obedecer a Dios, el diablo.
7. Si una persona está debidamente contrito, toda confesión exterior es superfluo e inútil para él.
8. Si el Papa es conocido de antemano como condenados y que es malo, por lo que es un miembro del diablo, él no tiene autoridad sobre los fieles que le dio a nadie, excepto quizás por el emperador.
9. Nadie debe ser considerado como Papa después de Urbano VI. Más bien, la gente debe vivir como los griegos, bajo sus propias leyes.
10. Es contra la Sagrada Escritura para los eclesiásticos tienen posesiones.
11. Ningún prelado debería excomulgar a nadie, a menos que primero sabe que la persona ha sido excomulgado por Dios, y el que lo hace de tal modo se convierte en un hereje y excomulgado.
12. Un prelado excomulgar a un clérigo que apeló al rey o el consejo del rey es lo que un traidor al rey y el reino.
13. Aquellos que dejan de predicar o de oír la palabra de Dios a causa de la excomunión emitida por los hombres se están excomulgados y se considera como traidores a Cristo en el día del juicio.
14. Es lícito para cualquier diácono o sacerdote para predicar la palabra de Dios sin la autorización de la Sede Apostólica o de un obispo católico.
15. Nadie es señor civil o un prelado o de un obispo, mientras está en pecado mortal.
16. señores seglares pueden confiscar los bienes temporales de la iglesia a su discreción cuando aquellos que las poseen son pecar habitualmente, es decir, pecar por hábito y no sólo en los actos particulares.
17. La gente puede corregir señores pecadores a su discreción.
18. Los diezmos son puramente limosnas, y los feligreses pueden retener a voluntad a causa de los pecados de sus prelados.
19. Oraciones especiales aplicados por los prelados o religiosos a una persona en particular acogerse a él o sus oraciones no más general, si otras cosas son iguales.
20. El que da limosna a los frailes se lo excomulgó.
21. Quien entra en ninguna orden religiosa alguna, ya sea de la possessioners o mendigos, hace que se menos aptos y adecuados para la observancia de los mandamientos de Dios.
22. Santos que han fundado órdenes religiosas han pecado al hacerlo.
23. Los miembros de órdenes religiosas no son miembros de la religión cristiana.
24. Hermanos están obligados a obtener su alimento por el trabajo manual y no por la mendicidad. [22]
25. Todos son simoníacos que se obligan a orar por las personas que les ayudan en los asuntos temporales.
26. La oración de alguien tan conocido de antemano condenados nadie ganancias.
27. Todas las cosas suceden por necesidad absoluta.
28. Confirmación de los jóvenes, ordenar clérigos y consagrar los lugares han sido reservados para el Papa y los obispos por su afán de ganancia de temporal y de honor.
29. Universidades, lugares de estudio, universidades, grados y ejercicios académicos en estas instituciones se introdujeron por un espíritu pagano vano y el beneficio de la iglesia tan poco como el diablo.
30. Excomunión por un Papa o de cualquier prelado no es de temer, ya que es una censura del anticristo.
31. Los que se encuentran el pecado casas religiosas, y los que entrar en ellos pertenecen al diablo.
32. Es contra el mandato de Cristo para enriquecer el clero.
33. El Papa Silvestre y el emperador Constantino cometió un error de dotar a la iglesia.
34. Todos los miembros de las órdenes mendicantes son herejes, y los que les dan limosnas son excomulgados.
35. Aquellos que entran a un religioso o de otro modo para ser capaz de observar los mandamientos de Dios, y por lo tanto de alcanzar el reino de los cielos, a menos que los dejan.
36. El Papa con todos sus clérigos que tienen la propiedad son herejes, por la sencilla razón de que tienen la propiedad, y también lo son todos los que los cómplices, es decir, todos los señores seculares y laicos otros.
37. La iglesia de Roma es la sinagoga de Satanás, y el Papa no es el vicario inmediata y próxima de Cristo y los apóstoles.
38. Las cartas decretales son apócrifas y seducir a la gente de la fe de Cristo, y los clérigos que los estudian son tontos.
39. El emperador y los señores seculares fueron seducidos por el diablo para dotar a la iglesia con los bienes temporales.
40. La elección de un Papa por los cardenales fue introducida por el diablo.
41. No es necesario para la salvación de creer que la Iglesia Romana es la suprema entre las otras iglesias. [23]
42. Es ridículo creer en las indulgencias de los papas y obispos.
43. Juramentos tomados para confirmar el comercio civil y contratos entre las personas son ilegales.
44. Agustín, Benito y Bernardo están condenados, a menos que ellos se arrepintieron de haber bienes de propiedad y de haber fundado y entró en las órdenes religiosas, y por lo tanto todos ellos son herejes por el Papa hasta el último religioso.
45. Todas las órdenes religiosas por igual fueron presentados por el diablo.
[La condena de los libros de Wyclif]
Este mismo Wyclif Juan escribió libros llamados por él Dialogus y Trialogus y muchos otros tratados obras y folletos en los que se incluyen y enseñó todo lo anterior y muchos otros artículos condenable. Él publicó los libros de lectura pública, a fin de publicar su doctrina perversa, y de ellos han seguido muchos escándalos, las pérdidas y los peligros de las almas en varias regiones, especialmente en los reinos de Inglaterra y Bohemia. Maestros y doctores de las universidades y casas de estudios en Oxford y Praga, oponiéndose a la fuerza de Dios a estos artículos y libros, más tarde refutó los artículos anteriores en forma escolástica. Ellos fueron condenados, por otra parte, por el muy reverendo padre, que eran entonces los arzobispos y obispos de Canterbury, Nueva York y Praga, legados de la Sede Apostólica en los reinos de Inglaterra y de Bohemia. Dicho arzobispo de Praga, comisario de la Sede Apostólica en este asunto, también judicialmente decretado que los libros de la misma Wyclif Juan fueron a la hoguera y se prohibió la lectura de los que sobrevivieron.
Después de estas cosas se había vuelto a poner en conocimiento de la Sede Apostólica y un consejo general, el Romano Pontífice condenó los dichos libros, tratados y folletos en el consejo celebrado últimamente de Roma [24], ordenándoles que se quemó públicamente y prohibir estrictamente cualquiera que, llamándose cristianos se atrevan a leer, exponer, mantener o hacer uso de una o más de los dichos libros, volúmenes, tratados y folletos, o incluso a citar pública o privada, excepto con el fin de refutar. Con el fin de que esta doctrina peligrosa y falta más podría ser eliminado del medio de la iglesia, ordenó, con su autoridad apostólica y bajo pena de censura eclesiástica, que todos los libros, tratados, los volúmenes y folletos deben ser diligentemente buscado por los Ordinarios locales y luego se quemó públicamente, y añadió que si es necesario a aquellos que no obedecen debe ser procesado como si fueran los promotores de la herejía.
Este Sagrado Concilio ha tenido la mencionada cuarenta y cinco artículos examinados y considerados con frecuencia por muchos padres muy reverendo, los cardenales de la iglesia romana, obispos, abades, maestros de la teología, los médicos, tanto en las leyes y muchas personas notables. Después los artículos habían sido examinados se encontró, como en efecto es así, que algunos de ellos, de hecho muchos, eran y son notoriamente heréticos y ya han sido condenados por los Santos Padres, los demás no son católicos, pero errónea, otros escandaloso y blasfemo, algunos ofensiva a los oídos de los devotos y la erupción y algunos sediciosos. También se constató que sus libros contienen muchos otros objetos similares e introducir en la enseñanza de la iglesia de Dios que es poco sólido y hostil a la fe y la moral. Este santo sínodo, por lo tanto, en el nombre de nuestro señor Jesucristo, en la ratificación y aprobación de las sentencias de los arzobispos mencionados y del Consejo, de Roma, repudia y condena para siempre, por el presente decreto, los artículos antes mencionados y cada uno de ellos en particular, y los libros de John Wyclif llamado por él Dialogus y Trialogus, y otros libros del mismo autor, los volúmenes, tratados y folletos (no importa el nombre que éstos pueden pasar por debajo, y para lo cual esta descripción debe ser considerada como un lista adecuada de ellos).
Se prohíbe la lectura, la enseñanza, la exposición y la citación de los dichos libros o de cualquiera de ellos, en particular, a menos que sea con el fin de refutarlas. Se prohíbe a todos y cada católico a partir de ahora, so pena de anatema, a predicar, enseñar o afirmar en público dichos artículos o cualquiera de ellos, en particular, o para enseñar, aprobar o mantener dichos libros, o para referirse a ellos en cualquier Así, si no es, como se ha dicho, con el fin de refutarlas. Ordena, además, que los libros antes mencionados, los tratados, los volúmenes y folletos deben ser quemados en público, de conformidad con el decreto del Sínodo de Roma, como se ha dicho. Este órdenes santo sínodo los Ordinarios del lugar para asistir con vigilancia de la ejecución y la debida observancia de estas cosas, en la medida en que cada uno es responsable, de conformidad con la ley y sanciones canónicas.
[La condena de 260 otros artículos de Wyclif] [25]
Cuando los médicos y maestros de la universidad de Oxford examinó los escritos antes mencionados, se encontraron 260 artículos, además de los 45 artículos que se han mencionado. Algunos de ellos coinciden en su significado con los 45 artículos, aunque no en las formas de las palabras utilizadas. Algunos de ellos, como se ha dicho, fueron y son heréticos, algunos sediciosos, algunos erupción errónea, otras, algunas escandalosas, erróneas otros, y casi todos ellos contrarios a la moral y la verdad católica. Ellos fueron condenados tanto por la citada universidad en forma correcta y escolar. Este Sínodo santísimo, por lo tanto, después de deliberar como se mencionó anteriormente, repudia y condena los mencionados artículos y cada uno de ellos, en particular, y lo prohíbe, órdenes y decretos de la misma manera que para los otros 45 artículos. Pedimos el contenido de estos 260 artículos que se incluyen a continuación [26].
[El Consejo se pronuncia John Wyclif un hereje, condena a su memoria y las órdenes de sus huesos para ser exhumados]
Por otra parte, se inició un proceso, a la autoridad o por decreto del Consejo romana, y en el símbolo de la iglesia y de la Sede Apostólica, después de un intervalo de tiempo debido, por la condena de dicho Wyclif y su memoria. Invitaciones proclamas y se emitieron convocar a los que quiere defender a él ya su memoria, si todavía existía. Sin embargo, nadie parecía que estaba dispuesto a defender a él ni a su memoria. Los testigos fueron examinados por comisarios nombrados por el actual señor Papa John y por este Sagrado Concilio, en relación con dicho impenitencia final de Wyclif y la obstinación. Prueba legal fue siempre así, de acuerdo con todas las celebraciones, debido, según el orden de las demandas de la ley en cuestión de este tipo, con respecto a su impenitencia y obstinación final. Esto fue probado por indicios claros de testigos legítimos. Este santo sínodo, por lo tanto, a instancias del procurador fiscal y ya se emitió un decreto en el sentido de que la sentencia debe ser escuchado en el día de hoy, declara, define y establece que la dijo John Wyclif era un hereje notorio y obstinada que murió en la herejía, y le anatematiza y condena su memoria. Se decretos y órdenes que su cuerpo y los huesos se van a exhumar, si pueden ser identificados entre los cadáveres de los fieles, y que se dispersa lejos de ser un lugar de enterramiento de la iglesia, de acuerdo con sanciones canónicas y legales.
[Papa Juan es público convocado por segunda vez y una investigación en su contra se decretó.]
[Juan XXIII se convoca por tercera vez, se le acusa de rebeldía y se suspende desde el papado.]
[El Papa Juan XXIII es acusado públicamente y cuarenta y cuatro artículos en su contra se producen.]
[Decreto declarando que el proceso para la elección de un Papa, si la sede pasa a ser libre, no puede comenzar sin el consentimiento expreso del Consejo [27]]
Este sínodo general más sagrado de Constanza, en representación de la iglesia católica, legítimamente reunido en el Espíritu Santo, para la erradicación del cisma actual y los errores, para lograr la reforma de la iglesia en la cabeza y miembros, y para que la unidad de la iglesia se puede obtener con mayor facilidad, de forma rápida y libremente, pronuncia, determina, decretos y ordena que, si sucede que la Sede Apostólica quede vacante, por cualquier medio, esto puede suceder, entonces el proceso de elección del Sumo Pontífice siguiente no puede comenzar sin la deliberación y el consentimiento de este consejo general sagrado. Si por el contrario se hace entonces es por eso mismo, por la autoridad de dicho consejo sagrado nula, de pleno derecho. Nadie puede aceptar a nadie elegido para el papado en desafío de este decreto, ni de ninguna manera o se adhieran a obedecer a él como Papa, bajo pena de condenación eterna y de convertirse en un partidario de la escisión, dijo. Los que hacen la elección en este caso, así como la persona elegida, si él consiente, y aquellos que se adhieren a él, deben ser castigados en las formas prescritas por este Sagrado Concilio. Dicho santo sínodo, por otra parte, por el bien de la unidad de la iglesia, suspende todas las leyes positivas, incluso las promulgadas en los consejos generales, y sus estatutos, ordenanzas, costumbres y privilegios, sea quien fuere el que puede haber sido otorgado, y las sanciones promulgadas contra cualquier personas, en la medida, ya que pueden de ninguna manera impiden el efecto de este decreto.
[Sentencia deponer Papa Juan XXIII]
En el nombre de la santa e indivisible Trinidad, Padre, Hijo y Espíritu Santo Amén. Este sínodo general más sagrado de Constanza, legítimamente reunido en el Espíritu Santo, que ha invocado el nombre de Cristo y la celebración de sólo Dios ante sus ojos, de haber visto los artículos elaborados y presentados en este caso contra el señor papa Juan XXIII, las pruebas adelantado, su presentación espontánea y todo el proceso del caso, y de haber deliberado maduramente sobre ellos, pronuncia, decretos y declara por la presente sentencia definitiva que se compromete por escrito: que la salida del mencionado señor Papa Juan XXIII de esta ciudad de Constanza y de este sagrado consejo general, en secreto y en una hora sospechosa de la noche, en el vestir encubierta e indecente, era y es ilegal, notoriamente escandalosa a la iglesia de Dios y de este consejo, perturbadora y perjudicial para la paz de la iglesia y la unidad de apoyo de este largo data cisma, y en desacuerdo con el voto, la promesa y el juramento hecho por el Papa dicho señor Juan de Dios, a la iglesia y de este sagrado consejo, que el dicho señor Papa Juan ha sido y es un simoníaco notorio, un destructor de notoria de los bienes y derechos no sólo de la iglesia romana, sino también de otras iglesias y de muchos lugares piadosos, y un mal administrador y dispensador de la espiritualidad de la iglesia y temporalidades;
que ha notoriamente escandalizó la iglesia de Dios y el pueblo cristiano por su vida detestable y deshonestos y la moral, tanto antes de su ascenso al papado y, posteriormente, hasta el momento actual, que por lo anterior que ha escandalizado y es escandalizar de una manera notable la iglesia de Dios y el pueblo cristiano, que después de las advertencias de vencimiento y de caridad, en varias ocasiones con él, obstinadamente perseverado en los males antes mencionados y por lo tanto representa a sí mismo notoriamente incorregible, y que a causa de los crímenes antedichos y otros procedentes de y que figuren en dicho proceso contra él, debe ser privado y el depuesto, como indigno, persona inútil y condenable, el papado y toda su administración temporal y espiritual.
El santo sínodo dijo hace ahora quitar, y privar a deponer a él. Se declara a todos y cada cristiano, de cualquier ser del Estado, la dignidad o condición, absuelto de la obediencia, la fidelidad y el juramento de él. Se prohíbe a todos los cristianos a partir de ahora se le reconoce como Papa, ahora que como se ha mencionado que ha sido depuesto del papado, o para llamarlo Papa, o de adherirse o de cualquier manera a obedecerle como Papa. El santo sínodo dijo, además, de ciertos conocimientos y su plenitud de poder, los suministros de todos los defectos y singulares que se hayan producido en los procedimientos antes mencionados o en cualquiera de ellos. Se condena a dicha persona, por esta misma frase, para quedarse y permanecer en un lugar bueno y adecuado, en el nombre de este sagrado concilio general, en la custodia del señor serenísimo príncipe Segismundo, rey de los romanos y de Hungría , etc, y la mayoría dedicados abogado y defensor de la Iglesia universal, siempre y cuando parece que dicho consejo general a ser para el bien de la unidad de la iglesia de Dios que debe ser tan condenado. Dicho Consejo se reserva el derecho a declarar y causar otros castigos que deben imponerse por los delitos y faltas, dijo, de conformidad con sanciones canónicas, según que el rigor de la justicia o el consejo de la misericordia puede aconsejar.
[Decreto en el sentido de que ninguno de los tres candidatos para el papado puede ser re-elegido como Papa]
Dicho santo Concilio decretos, determina y ordena para el bien de la unidad en la iglesia de Dios que ni el señor Baltasar de Cossa, recientemente Juan XXIII, ni Angelo Correr, ni Pedro de Luna, llamado Gregorio XII y Benedicto XIII por sus obediencias respectivas, cada vez se ser re-electo como Papa. Si sucede lo contrario, es por este mismo hecho nula y sin efecto. Nadie, cualquiera que sea su dignidad o preeminencia aunque ser emperador, rey, el cardenal o Papa, que nunca puede adherirse o obedecer a ellos o alguno de ellos, en contra de este decreto, bajo pena de condenación eterna y de ser partidario de dicho cisma. Que los que presumen de lo contrario, si hay alguno en el futuro, también se procedió con firmeza contra de otras maneras, incluso mediante la invocación del brazo secular. [28]
[La condena de la comunión bajo las dos especies, recientemente revivido entre los bohemios por Jakoubek de Stříbro]
En el nombre de la santa e indivisible Trinidad, Padre, Hijo y Espíritu Santo, Amén. Ciertas personas, en algunas partes del mundo, han temerariamente se atrevió a afirmar que el pueblo cristiano debe recibir el santo sacramento de la eucaristía bajo las formas de pan y vino. Se comunican los laicos en todas partes, no sólo bajo la forma de pan, sino también en la del vino, y obstinadamente afirmamos que deben comunicarse, incluso después de una comida, o bien sin la necesidad de una rápida y contrario a la costumbre de la iglesia que ha sido encomiable y de manera prudente aprobado, desde la cabeza hacia abajo de la iglesia, pero que condenadamente tratar de repudiar como un sacrilegio.
Por lo tanto este consejo general actual de Constanza, legítimamente reunido en el Espíritu Santo, que deseen velar por la seguridad de los fieles en contra de este error, después de una larga deliberación por muchas personas aprendieron en la ley divina y humana, declara, decreta y define que, a pesar de Cristo instituyó este sacramento venerable después de una comida y ministró a sus apóstoles bajo la forma de pan y vino, sin embargo, ya pesar de esto, la autoridad digno de alabanza de los sagrados cánones y la costumbre aprobada de la iglesia tener y conservar lo que este sacramento no debe que se celebrará después de las comidas ni recibido por los fieles sin ayuno, salvo en los casos de enfermedad o alguna otra necesidad de lo permitido por la ley o por la iglesia.
Por otra parte, al igual que esta costumbre se introdujo razonablemente, para evitar diversos peligros y escándalos, así que con razón similar o incluso mayor fue posible introducir y sensatez observar la costumbre que, si bien fue recibido este sacramento por los fieles bajo las dos especies en el iglesia primitiva, sin embargo, más tarde fue recibido bajo las dos especies sólo por aquellos confecting él, y por los laicos sólo bajo la forma de pan. Para ello debe ser muy firmemente convencido, y de ninguna manera en duda, que todo el cuerpo y la sangre de Cristo están realmente contenida en tanto la forma del pan y la forma de vino.
Por lo tanto, ya que esta costumbre fue introducida por una buena razón por la Padres de la Iglesia y santo, y se ha observado durante un tiempo muy largo, debe ser celebrada como una ley que nadie puede rechazar o modificar a su antojo sin el permiso de la iglesia. Decir que la observancia de esta costumbre o ley es sacrílego o ilícito, debe considerarse como erróneo. Los que obstinadamente afirman lo contrario de lo anterior se limiten como herejes y gravemente castigados por los obispos locales o sus funcionarios o los inquisidores de la herejía en los reinos y provincias en las que nada se intenta o se presuma en contra de este decreto, según la canónica y sanciones legítimas que han sido sabiamente establecido en favor de la fe católica contra los herejes y sus partidarios.
[Que ningún sacerdote, bajo pena de excomunión, podrán comunicar a la gente bajo las formas del pan y del vino]
Este santo sínodo también decretos y declara, en relación con este asunto, que las instrucciones deberán ser enviadas a los padres y los señores muy reverendo en Cristo, patriarcas, primados, arzobispos, obispos y sus vicarios en lo espiritual, donde quiera que estén, en el que se encargó y ordenó a la autoridad de este sagrado consejo y bajo pena de excomunión, a sancionar de manera efectiva a los que se equivocan en contra de este decreto. Se puede recibir de nuevo en el de la iglesia veces los que se han extraviado por comunicar a la gente bajo la forma de pan y vino, y he enseñado, a condición de que se arrepientan y después de una penitencia saludable, de acuerdo con la medida de su culpa, ha ha ordenado sobre ellos. Ellos están para reprimir como herejes, sin embargo, por medio de censuras de la iglesia e incluso si es necesario, en la ayuda del brazo secular, aquellos cuya corazones se han endurecido y que no están dispuestos a regresar a la penitencia.
Desde este punto en el Consejo se convierte en un Concilio Ecuménico convocado debidamente, todas las sesiones anteriores se ultra vires.
[Unificación de los seguidores del Papa Gregorio XII y del Papa Juan XXIII ex, ahora que tanto los hombres han abdicado]
A fin de que la reunión de la iglesia puede ser posible y que un principio se puede hacer lo que es apropiado y agradable a Dios, ya que la parte más importante de toda la materia es el principio, y con el fin de que las dos obediencias - a saber, el alegando que el señor Juan XXIII fue el Papa que antes y el otro afirmando que el señor Gregorio XII es el Papa - podrán ser unidos con Cristo como cabeza, este sínodo general más sagrado de Constanza, legítimamente reunido en el Espíritu Santo y en representación de la iglesia católica , acepta en todos los asuntos de la convocatoria, la que se autoriza, aprobar y confirmar que está siendo hecha en el nombre del señor que se llama Gregorio XII por los obedientes a él, en la medida en que parece que pertenecen a él para hacer esto, ya que la certeza obtenidos mediante la adopción de una medida de precaución perjudica a nadie y beneficia a todos, y los decretos que y declara que lo anterior se unen dos obediencias y unidos en el único cuerpo de nuestro señor Jesús Cristo y de este sagrado consejo general universal, en el nombre del Padre y del del Hijo y del Espíritu Santo.
[Decreto declarando que la elección del Romano Pontífice debe ser hecha en la manera y forma que se establezcan por el consejo sagrado, y que el Consejo no se disolverá hasta que la elección del próximo Romano Pontífice se ha hecho]
El sínodo general más sagrado de Constanza, etc, promulga, pronuncia, manda y decretos, para que la Iglesia santa de Dios se puede proporcionar una mejor, más real y más segura, que la próxima elección del futuro pontífice romano se hizo de la manera, forma, lugar, tiempo y forma en que se decidirá por el sagrado consejo, que el mismo consejo se puede y en lo sucesivo podrá declarar en forma, aceptar y designar, en el modo y forma que a continuación, parece adecuado, cualquier persona respecto de la los propósitos de esta elección, ya sea por activa o por la voz pasiva, de cualquier estado o de la obediencia que son o pueden haber sido, y todo acto eclesiástico y todo lo adecuado, sin perjuicio de los procedimientos, sanciones o penas, y que el sagrado consejo se no se disolverá hasta que dicha elección se ha celebrado. Dicho santo sínodo tanto, exhorta y exige que el más laureado príncipe señor Segismundo, rey de los romanos y de Hungría, como abogado dedicado de la iglesia y como defensor de lo sagrado consejo y protector, para dirigir todos sus esfuerzos a este fin y la promesa de su palabra real que quiere hacer esto y pedir las cartas de su majestad que se hizo para este propósito.
[El consejo aprueba la renuncia de Gregorio XII]
El sínodo general más sagrado de Constanza, legítimamente reunido en el Espíritu Santo, en representación de la iglesia católica universal, acepta, aprueba y felicita, en nombre del Padre, del Hijo y del Espíritu Santo, la renuncia a la cesión y renuncia formulada en nombre del el señor que se llamaba Gregorio XII en su obediencia, por el magnífico y poderoso señor Carlos Malatesta. aquí presentes, su procurador irrevocable de este negocio, del derecho, el título y la posesión que tenía, o pueden haber tenido, en relación con el papado. [30]
[Sentencia condenando 260 artículos Wyclif] [31]
Los libros y folletos de Juan Wyclif, de maldita memoria, fueron examinados cuidadosamente por los médicos y maestros de la universidad de Oxford. Recogieron 260 artículos inaceptable de estos libros y folletos y los condenó en forma escolástica. Este sínodo general más sagrado de Constanza, en representación de la iglesia católica, legítimamente reunido en el Espíritu Santo con el fin de extirpar el cisma, los errores y herejías, ha tenido todos estos artículos examinados varias veces por muchos padres muy reverendo, los cardenales de la iglesia romana, obispos, abades, maestros de la teología, los médicos de ambas leyes, y muchas otras personas notables de varias universidades. Se encontró que algunas, de hecho muchos de los artículos así examinados eran y son notoriamente heréticos y ya han sido condenados por los Santos Padres, algunas son ofensivas para los oídos de los devotos y algunos son erupción cutánea y sediciosos. Este santo sínodo, por lo tanto, en el nombre de nuestro señor Jesucristo, repudia y condena, por el presente decreto perpetuo, los artículos antes mencionados y cada uno de ellos, en particular, y que prohíbe todas y todos los católicos a partir de ahora, so pena de anatema, a predicar, enseñar, o mantener dichos artículos o cualquiera de ellos. El dijo que los pedidos ordinarios santo sínodo local e inquisidores de la herejía que estar vigilantes en el cumplimiento de estas cosas y debidamente a la observación, en la medida en que cada uno es responsable, de conformidad con la ley y sanciones canónicas. Todo el que temerariamente viola los decretos antes mencionados y las oraciones de este sagrado consejo será castigada, previo aviso, por los Ordinarios locales de la autoridad de este sagrado consejo, a pesar de cualquier privilegio. [32]
[Artículos de Juan Wyclif seleccionados de los 260]
1. Así como Cristo es Dios y hombre al mismo tiempo, por lo que la hostia consagrada es al mismo tiempo, el cuerpo de Cristo y el verdadero pan. Porque es el cuerpo de Cristo, por lo menos en la figura y verdadero pan en la naturaleza, o, lo que viene a ser lo mismo, es verdadero pan de forma natural y el cuerpo de Cristo en sentido figurado.
2. Desde la falsedad heréticas sobre la hostia consagrada es el punto más importante de las herejías individuales, lo tanto, declaro a los herejes modernos, a fin de que esta falsedad puede ser erradicado de la iglesia, que no pueden explicar o entender un accidente sin sujeto. Y por lo tanto todas estas sectas heréticas pertenecen al número de aquellos que ignoran el cuarto capítulo de Juan: Nosotros adoramos lo que conocemos.
3. I predecir confiadamente a todas estas sectas y sus cómplices, que incluso en el momento en Cristo y todos la iglesia triunfante vienen en el juicio final se conduce a la trompeta del ángel Gabriel, que todavía no se han demostrado a los fieles que el sacramento es un accidentes sin sujeto.
4. Al igual que Juan era Elías en sentido figurado y no en persona, por lo que el pan en el altar es el cuerpo de Cristo en un sentido figurado. Y las palabras, Esto es mi cuerpo, están inequívocamente figurativa, al igual que la frase "Juan es Elías".
5. El fruto de esta locura por el que se pretende que no puede haber un accidente sin sujeto es blasfemar contra Dios, para escandalizar a los santos y de engañar a la iglesia por medio de falsas doctrinas acerca de los accidentes.
6. Los que afirman que los hijos de los fieles que mueren sin bautismo sacramental no serán salvos, son estúpidos y presuntuoso al decir esto.
7. La confirmación ligero y corto por los obispos, con lo que los ritos solemnizado adicional, se introdujo por sugerencia del diablo para que el pueblo puede ser engañado en la fe de la iglesia y la solemnidad y la necesidad de los obispos podría pensarse en los más.
8. En cuanto al aceite con el que obispos y ungir a los niños el lienzo que va alrededor de la cabeza, parece que se trata de un rito trivial que carece de fundamento en las Escrituras, y que esta confirmación, que fue introducido después de los apóstoles, blasfema contra Dios.
9. confesión oral a un sacerdote, introducido por el Papa Inocencio [33], no es tan necesaria a las personas, como había afirmado. Por si alguien ofende a su hermano en el pensamiento, palabra u obra, a continuación, basta con arrepentirse en pensamiento, palabra u obra.
10. Es una práctica grave y sin apoyo de un sacerdote para oír las confesiones de la gente en la forma en que el uso de los latinos.
11. En estas palabras, Vosotros estáis limpios, pero no todos son, el diablo ha puesto una trampa de los infieles con el fin de atrapar los pies del cristiano. Para él introdujo la confesión privada, que no puede justificarse, y después de la malicia de la persona que ha sido revelado al confesor, como lo decretado en la ley, no se revela a la gente.
12. Es una conjetura probable que una persona que vive con razón, es un diácono o un sacerdote. Porque así como deduzco que esa persona es Juan, por lo que reconocen por una conjetura probable que esta persona, por su vida santa, ha sido colocado por Dios en una oficina o del estado.
13. La evidencia probable de este estado debe ser tomada de la prueba proporcionada por los hechos de la persona y no por el testimonio de la persona ordenándolo. Porque Dios puede poner a alguien en tal estado, sin la necesidad de un instrumento de este tipo, no importa si el instrumento es digno o indigno. No hay evidencia más probable que la vida de la persona. Por lo tanto si está presente una vida santa y de la doctrina católica, esto es suficiente para la iglesia militante. (Error al principio y al final.)
14. La mala vida de un prelado que significa que sus súbditos no reciben órdenes y los demás sacramentos. Se puede recibir de dichas personas, sin embargo, cuando hay una necesidad urgente, si devotamente ruego a Dios que la oferta en nombre de sus ministros diabólica las acciones y la finalidad de la oficina a la que se han obligado por juramento.
15. La gente de antaño que copulan entre sí con el deseo de obtener temporal o de ayuda mutua o para aliviar la concupiscencia, aun cuando no tenía ninguna esperanza de los hijos, porque ellos eran verdaderamente copulando como personas casadas. [34]
16. Las palabras, yo os tomaré como esposa, son más adecuados para el contrato de matrimonio que, te tomo por mujer. Y las primeras palabras no deben ser anuladas por las palabras segundos sobre el presente, cuando los contratos a alguien con una sola mujer en la palabras que se refieren al futuro y después con otra mujer en las que se refieren al presente.
17. El Papa, que falsamente llama a sí mismo el siervo de los siervos de Dios, no tiene ningún estatus en la obra del evangelio, pero sólo en el trabajo de todo el mundo. Si tiene cualquier rango, que es del orden de los demonios, de los que sirven a Dios en lugar de una manera censurable.
18. El Papa no dispensa de la simonía o de un voto precipitado, ya que él es el jefe de simoníaco que temerariamente se compromete a preservar, a su condenación, su situación aquí en el camino. (Error al final.)
19. Que el Papa es Sumo Pontífice es ridículo. Cristo aprobado tal dignidad ni en Pedro ni en nadie más.
20. El Papa es el anticristo se manifestará. No sólo esta persona-, sino también la multitud de los papas, desde el momento de la dotación de la iglesia, los cardenales, los obispos y de sus cómplices, que a la persona compuesto, monstruosa del anticristo. Esto no se ve alterada por el hecho de que Gregorio y otros papas, que hizo muchas cosas buenas y fructíferas de su vida, finalmente se arrepintió.
21. Pedro y San Clemente, junto con los otros ayudantes en la fe, no eran papas sino de Dios ayudantes en los trabajos de construcción de la iglesia de nuestro señor Jesucristo.
22. Decir que el Papa preeminencia se originó con la fe del evangelio es tan falso como decir que cada error surgió de la verdad original.
23. Son doce los fiscales y los discípulos del anticristo: el Papa, cardenales, patriarcas, arzobispos, obispos, arcedianos, funcionarios, decanos, monjes, canónigos, con el sombrero de dos picos, los frailes introdujeron recientemente pseudo-, y Perdonadores.
24. Está claro que todo aquel que es la más humilde, de un mayor servicio a la iglesia, y el más ferviente en el amor de Cristo hacia su Iglesia, es la mayor en la iglesia militante y a tener en cuenta el vicario más inmediata de Cristo.
25. Quien tenga alguna de los bienes de Dios, injustamente, es tomar las cosas de los demás por la rapiña, el hurto o robo.
26. Ni las declaraciones de los testigos, ni la sentencia de un juez, ni la posesión física, ni herencia, ni un intercambio entre personas, ni un regalo, ni todas esas cosas en conjunto, confiere el dominio o el derecho a cualquier cosa a una persona sin gracia. (Un error, si se entiende como una referencia a la gracia santificante.)
27. A menos que la ley interior de la caridad está presente, nadie tiene la autoridad más o menos o la justicia a causa de las cartas o los toros. No debemos prestar o dar nada a un pecador, siempre y cuando sabemos que él es, por tanto, estaríamos asistiendo a un traidor de nuestro Dios.
28. Así como un príncipe o un señor no mantiene el título de su cargo mientras que él está en pecado mortal, excepto en nombre y equívoca, por lo que es con un papa, obispo o sacerdote, mientras que ha caído en pecado mortal.
29. Todo el mundo habitualmente en pecado mortal carece de dominio de cualquier tipo y el uso lícito de una acción, aunque sea buena en su género.
30. Se sabe de los principios de la fe que una persona en pecado mortal, los pecados de muerte en cada acción.
31. Con el fin de tener dominio secular cierto, el señor debe estar en un estado de justicia. Por lo tanto nadie en pecado mortal es señor de todo.
32. Todos los religiosos modernos necesariamente ser marcados como hipócritas. Por su profesión exige que rápido, actuar y vestirse de una determinada manera, y así observar todo lo diferente a otras personas.
33. Todas las religiones privadas, tales como los sabores de la imperfección y el pecado por el cual una persona es impedimento para servir a Dios con libertad.
34. Una orden religiosa privada o descartar los sabores de la presunción de blasfemo y arrogante hacia Dios. Y los religiosos de dichas órdenes se atreven a elevarse por encima de los apóstoles por la hipocresía de defender su religión.
35. Cristo no enseña en las Escrituras acerca de cualquier tipo de orden religiosa en el capítulo anticristo. Por lo tanto, no es por su buena voluntad que no debe haber órdenes. El capítulo se compone, sin embargo, de los siguientes doce tipos: el Papa, cardenales, patriarcas, arzobispos, obispos, arcedianos, funcionarios, decanos, monjes, canónigos, frailes de las cuatro órdenes, y Perdonadores.
36. Deduzco como se desprende de la fe y las obras de las cuatro sectas - que están en el clero por cesárea, los monjes diferentes, los cánones diversos, y los frailes, que nadie pertenece a ellos es un miembro de Cristo en el catálogo de los santos, a menos que abandona al final de la secta que abrazaron estúpidamente.
37. Pablo fue una vez un fariseo, pero abandonó la secta de la secta mejor de Cristo, con su permiso. Esta es la razón por la cual personas de clausura, de cualquier secta o regla, o por cualquier voto estúpido que puede ser atado, libremente debe deshacerse de estas cadenas, en el mandato de Cristo, y libremente unirse a la secta de Cristo.
38. Es suficiente para los laicos que en algún momento le dan el diezmo de sus productos a los siervos de Dios. De esta manera siempre están dando a la iglesia, aunque no siempre al clero cesárea delegado por el Papa o por personas a su cargo.
39. Los poderes que son reclamados por el papa y los otros cuatro nuevas sectas se pretendía y se introdujeron diabólicamente con el fin de seducir a los sujetos, como son excomuniones por prelados cesárea, citas, encarcelar, y la venta de rentas dinero.
40. Muchos sacerdotes sencillo superar los prelados de ese poder. De hecho, parece que los fieles que la grandeza del poder espiritual que pertenece más a un hijo que imita a Cristo en su forma de vida que a un prelado que ha sido elegido por los cardenales y los apóstatas similares.
41. La gente puede retener los diezmos, ofrendas y otras limosnas privadas de discípulos indigno de Cristo, ya que la ley de Dios requiere. La maldición o la censura impuesta por los discípulos del anticristo no es de temer, sino más bien debe ser recibido con alegría. El señor papa y los obispos y todos los clérigos religiosos o simple, con títulos a la posesión perpetua, debe renunciar a ellas en manos del brazo secular. Si ellos se niegan obstinadamente, que deberían ser obligados a hacerlo por los señores seculares.
42. No hay mayor o hereje anticristo que el clérigo que enseña que es lícito a los sacerdotes y levitas de la ley de la gracia de estar dotado de posesiones temporales. Los clérigos que enseñan esto son herejes o blasfemos, si alguna vez hubo alguna.
43. señores temporales no sólo puede quitar los bienes de la fortuna de una iglesia que es habitualmente el pecado, ni es sólo legal para que lo hagan, pero sí están obligados a hacerlo bajo pena de condenación eterna.
44. Dios no aprueba que cualquier persona sea juzgada o condenada por la ley civil.
45. Si se hace una objeción contra aquellos que se oponen a las dotaciones para la iglesia, señalando a Benito, Gregorio y Bernard, que poseía pocos bienes temporales de la pobreza, se puede decir en la respuesta que ellos se arrepintieron a la final. Si usted se opone, además, que yo sólo pretendo que estos santos finalmente se arrepintió de su alejamiento de la ley de Dios de esta manera, entonces usted puede enseñar que son santos y me enseñan que ellos se arrepintieron a la final.
46. Si debemos creer en la Sagrada Escritura y en la razón, es evidente que los discípulos de Cristo no tiene la autoridad para exigir los bienes temporales por medio de censuras, y los que tratan de esto son hijos de Eli y de Belial.
47. Cada esencia tiene un solo supuesto, después de que otro suppositum, igual a la primera, se produce. Esta es la acción inmanente más perfecta posible a la naturaleza.
48. Cada esencia, corporales o incorporales, es común a tres supposita, y las propiedades, los accidentes y las operaciones inherentes en común en todos ellos.
49. Dios no puede aniquilar a cualquier cosa, ni aumentar o disminuir el mundo, pero puede crear las almas, hasta un cierto número, y no más allá de ella.
50. Es imposible que dos sustancias corporales que la misma extensión, la forma continua en reposo en un lugar y otro continuamente penetrar en el cuerpo de Cristo en reposo.
51. Cualquier línea matemática continua se compone de puntos de dos, tres o cuatro contiguos, o de sólo un número finito de puntos, simplemente, y es el tiempo, fue y será integrado por instantes contiguos. No es posible que el tiempo y una línea, si existen, se componen de esta manera. (La primera parte es un error filosófico, la última parte es un error en relación con el poder de Dios.)
52. Es de suponer que una sustancia corpórea se formó en sus inicios como un compuesto de indivisibles, y que ocupa todos los lugares posibles.
53. Cada persona es Dios.
54. Cada criatura es Dios.
55. Cada ser está en todas partes, ya que cada ser es Dios.
56. Todas las cosas que suceden, suceden por necesidad absoluta.
57. Un conocido de antemano niño bautizado como condenados necesariamente vivir lo suficiente para el pecado en el Espíritu Santo, por lo cual se merecen ser condenados para siempre. Por lo tanto no hay fuego puede quemar al niño hasta ese momento o instante.
58. Afirmo que una cuestión de fe que todo lo que va a pasar, va a pasar de la necesidad. Por tanto, si Pablo es conocido de antemano como condenados, que no puede verdaderamente se arrepienten, es decir, no puede cancelar el pecado de impenitencia final de la contrición, o estar bajo la obligación de no tener el pecado.
[Sentencia en contra de Juan Hus]
El consejo general más sagrado de Constanza, divinamente montada y en representación de la iglesia católica, para perpetua memoria. Puesto que un árbol malo suele dar malos frutos, como la verdad misma atestigua, por lo que es que John Wyclif, de maldita memoria, por su enseñanza mortal, como una raíz venenosa, ha traído luz a muchos hijos nocivas, no en Cristo Jesús por medio del evangelio, ya que una vez los santos padres a luz hijos fieles, sino más bien contrario a la fe salvadora de Cristo, y él ha dejado a estos hijos como sucesores a sus enseñanzas perversas. Este Santo Concilio de Constanza se ve obligado a actuar contra estos hombres, frente a los hijos espurios e ilegítimos, y para cortar sus errores desde el campo del Señor como si fueran zarzas perjudiciales, por medio de la atención vigilante y el cuchillo de la autoridad eclesiástica, para que no extendió como un cáncer para destruir a otros.
Aunque, por lo tanto, se decretó en el sagrado consejo general celebrada recientemente en Roma [35] que la enseñanza de Juan Wyclif, de maldita memoria, deben ser condenados y los libros de su contengan esta enseñanza debe ser quemado como hereje, a pesar de su enseñanza fue, de hecho, condenado y quemado sus libros que contienen y peligrosa doctrina falsa, y aunque un decreto de este tipo fue aprobado por la autoridad de este sagrado consejo actual [36], sin embargo un tal Juan Hus, aquí presentes en este sagrado consejo , que es un discípulo no de Cristo, sino más bien del heresiarca John Wyclif, audaz y temerariamente contravenir la condena y el decreto después de su promulgación, ha enseñado, afirmó y predicó muchos errores y herejías de Juan Wyclif, que han sido condenados tanto por la iglesia de Dios y por reverendos padres con otros en Cristo, Señor arzobispos y obispos de varios reinos, y maestría en teología en muchos lugares de estudio.
Lo ha hecho sobre todo por la resistencia público en las escuelas y en los sermones, junto con sus cómplices, la condena en forma escolástica de dichos artículos de Juan Wyclif que se ha hecho muchas veces en la universidad de Praga, y ha declarado dicho John Wyclif ser un hombre católico y un médico evangélicos, lo que apoya su enseñanza, ante una multitud de clérigos y personas. Se ha afirmado y publicado algunos artículos se enumeran a continuación y muchos otros, que están condenados y que son, como es bien sabido, que figura en los libros y folletos de dicho Juan Hus. Toda la información se ha obtenido acerca de los asuntos antes mencionados, y se ha producido una cuidadosa deliberación por el muy reverendo padre en Cristo, señores cardenales de la Santa Iglesia Romana, patriarcas arzobispos, obispos y otros prelados y doctores de la Sagrada Escritura y de ambas leyes, en los grandes números. Este santo Concilio de Constanza, por lo tanto la mayoría declara y define que los artículos enumerados a continuación, que se han encontrado en el examen, por muchos maestros en la Sagrada Escritura, que deben figurar en sus libros y folletos escritos en su propia mano, y que el mismo Juan Hus en una audiencia pública, antes de que los padres y los prelados de este sagrado consejo,
ha confesado que deben figurar en sus libros y folletos, no son católicos y no se les debe enseñar a ser tal, sino más bien muchas de ellas son erróneas, otras escandalosas, otras ofensivas a los oídos de los devotos, muchos de ellos son erupción cutánea y sediciosa, y algunos de ellos son notoriamente heréticos y hace mucho tiempo ha rechazado y condenado por los Santos Padres y por los consejos generales, y se les prohíbe estrictamente que se predica, enseña o aprobado en modo alguno. Además, dado que los artículos que figuran abajo son explícitamente contenidas en sus libros o tratados, a saber, en el libro titulado "De ecclesia y en sus folletos, este santo sínodo por lo tanto la mayoría reprueba y condena los libros antes mencionados y su enseñanza, así como la de otros tratados y folletos escritos por él en latín o en checo, o traducido por una o más personas en cualquier otro idioma, y los decretos y determina que debe ser pública y solemnemente quemados en presencia del clero y el pueblo en la ciudad de Constanza y en otros lugares. En razón de lo anterior, además, toda su enseñanza es y será merecidamente sospechoso en relación con la fe, y es que hay que evitar por todos los fieles de Cristo.
Para que esta enseñanza perniciosa pueden ser eliminadas de en medio de la iglesia, este santo sínodo también ordena que los Ordinarios locales hacen una investigación minuciosa sobre los tratados y folletos de este tipo, con censuras de la iglesia e incluso si es necesario el castigo merecido por apoyar a la herejía, y que se les quemó públicamente cuando se han encontrado. Este mismo santo sínodo decretos que los Ordinarios del lugar y los inquisidores de la herejía son de actuar contra quienes violen o desafiar esta sentencia y decreto como si se tratara de personas sospechosas de herejía.
[Sentencia en contra de la degradación de J. Hus]
Por otra parte, los actos y deliberaciones de la investigación en la herejía contra el citado Juan Hus se han examinado. Hubo primero un fiel y plenamente en cuenta realizados por los comisionados delegado para el caso y por otros maestros de la teología y los médicos de ambas leyes, en relación con los actos y deliberaciones y las declaraciones de testigos fidedignos muchos. Estas declaraciones fueron abierta y públicamente a la lectura, dijo John Hus ante los padres y los prelados de este sagrado consejo. Es muy claramente establecido a partir de las declaraciones de estos testigos que el dicho John ha enseñado muchas herejías mal, escandalosa y sediciosa cosas, y peligroso, y ha anunciado públicamente durante muchos años.
Este santo Sínodo la mayoría de Constanza, invocando el nombre de Cristo y que sólo Dios ante sus ojos, por lo tanto se pronuncie, decretos y define por la presente sentencia definitiva, que está aquí escrito, que el dicho Juan Hus fue y es un verdadero y manifiesto hereje y ha enseñó y públicamente anunciado, a la gran ofensa de la Majestad divina, con el escándalo de la Iglesia universal y en detrimento de la fe católica, los errores y herejías que hace mucho tiempo fue condenada por la iglesia de Dios y muchas cosas que son escandalosos, ofensivos a los oídos de los, erupción devoto y sediciosa, y que incluso ha despreciado las llaves de la iglesia y la censura eclesiástica. Ha persistido en estas cosas durante muchos años con un corazón endurecido. Él tiene mucho escándalo fieles de Cristo por su obstinación, ya que, sin pasar por intermediarios de la iglesia, que ha hecho acudir directamente a nuestro señor Jesucristo, como al juez supremo, en el que ha introducido muchas cosas falsas, perjudiciales y escandalosas al desprecio de la Sede Apostólica, censuras eclesiásticas y las llaves.
Este santo sínodo tanto, pronuncia la dijo Juan Hus, en razón de los asuntos antes mencionados y otros muchos, han sido un hereje y se le juzgue para ser considerado y condenado como un hereje, y por este medio le condena. Se rechaza el recurso de casación, dijo de su tan perjudicial y escandaloso y ofensivo a la jurisdicción de la iglesia. Declara que la dijo John Hus sedujo al pueblo cristiano, especialmente en el reino de Bohemia, en sus sermones públicos y en sus escritos, y que él no era un verdadero predicador del evangelio de Cristo al pueblo cristiano mismo, de acuerdo con la exposición de los santos doctores, sino que más bien era un seductor. Desde este sacrosanto Concilio ha aprendido de lo que ha visto y oído, que la dijo Juan Hus es obstinada e incorregible, y como tal no tiene deseo de volver al seno de la santa madre la Iglesia, y no está dispuesto a abjurar de las herejías y errores que ha defendido públicamente y predicó, este santo sínodo de Constanza, por lo tanto declara y decreta que el mismo Juan Hus debe ser depuesto y degradado de la orden del sacerdocio y de las otras órdenes en poder de él. Se carga los reverendos padres en Cristo, el arzobispo de Milán y los obispos de Feltre Asti, Alessandria, Bangor y Lavour debidamente con la realización de la degradación en presencia de este sacrosanto Concilio, de conformidad con el procedimiento requerido por la ley.
[Sentencia que condena J. Hus en la hoguera]
Este Santo Concilio de Constanza, al ver que la iglesia de Dios no tiene nada más que pueda hacer, renuncia a Juan Hus a la sentencia de la autoridad secular y decretos que se renunció a la corte secular.
[Condenados artículos de J. Hus]
1. Sólo hay una santa iglesia universal, que es el número total de los predestinados a la salvación. Por lo tanto, se deduce que la santa iglesia universal es sólo uno, ya que sólo hay un número de todos aquellos que están predestinados a la salvación.
2. Pablo nunca fue miembro del diablo, aunque lo hizo a determinados actos que son similares a los actos de los enemigos de la iglesia.
3. Los conocía de antemano como condenados no son partes de la iglesia, de ninguna parte de la iglesia por fin se apartan de ella, ya que el amor predestinación que se une a la iglesia juntos no falla.
4. Las dos naturalezas, la divinidad y la humanidad, son un solo Cristo.
5. Una persona que conocía de antemano a la condenación no es parte de la santa iglesia, incluso si se encuentra en un estado de gracia según la presente justicia, una persona predestinados a la salvación sigue siendo siempre un miembro de la iglesia, a pesar de que pueden caer por un tiempo de gracia accidental, pues mantiene la gracia de la predestinación.
6. La iglesia es un artículo de fe en el siguiente sentido: a considerarla como la convocatoria de los predestinados a la salvación, si es o no estar en un estado de gracia según la presente justicia.
7. Pedro no era ni es la cabeza de la santa iglesia católica.
8. Los sacerdotes que viven en el vicio de ninguna manera contaminan el poder del sacerdocio, y como hijos infieles son poco fiables en su pensamiento acerca de los siete sacramentos de la Iglesia, acerca de las claves, las oficinas, las censuras, las costumbres, las ceremonias y las cosas sagradas de la iglesia, sobre el veneración de las reliquias, y acerca de las indulgencias y las órdenes.
9. La dignidad papal se originó con el emperador, y la primacía y la institución del Papa emanó del poder imperial.
10. Nadie podría razonablemente afirmar de sí mismo o de otro, sin la revelación, que él era el jefe de una santa iglesia particular, ni es el Romano Pontífice la cabeza de la iglesia romana.
11. No es necesario creer que cualquier particular Romano Pontífice es la cabeza de cualquier santa iglesia particular, a menos que Dios lo ha predestinado para la salvación.
12. Nadie tiene el lugar de Cristo o de Pedro, a menos que siga el camino de la vida, ya que no hay discipulado otros que es más apropiado ni hay otra manera de tomar el poder delegado de Dios, ya que se requiere para este cargo de un vicario similares forma de vida, así como la autoridad de la institución.
13. El Papa no es el sucesor manifiesta y verdadera del príncipe de los apóstoles, Pedro, si vive en una forma contraria a Pedro. Si se busca la avaricia, que es el vicario de Judas Iscariote. Del mismo modo, los cardenales no son los sucesores manifiesta y verdadera de la universidad de los otros apóstoles de Cristo a menos que vivan a la manera de los apóstoles, guardando los mandamientos y consejos de nuestro señor Jesucristo.
14. Los médicos que afirman que toda persona sometida a la censura eclesiástica, si se niega a corregir, en caso de ser entregado a la sentencia de la autoridad secular, son, sin duda, siguiendo en esto el jefe de los sacerdotes, los escribas y los fariseos que entregó a la autoridad secular Cristo mismo, ya que él no estaba dispuesto a obedecer en todas las cosas, diciendo: No es lícito para nosotros poner a cualquier hombre a la muerte, los cuales le dio al juez civil, de modo que los hombres son asesinos aún mayor que Pilato.
15. la obediencia eclesiástica fue inventada por los sacerdotes de la Iglesia, sin la autorización expresa de la escritura.
16. La división inmediata de las acciones humanas es entre aquellos que son virtuosos y los que son malvados. Por lo tanto, si un hombre es malo y hace algo, actúa perversamente, si es virtuoso y hace algo, actúa virtuosamente. Porque así como la maldad, que se llama delito o pecado mortal, infecta todos los actos de un hombre malvado, por lo que la virtud que da vida a todos los actos de un hombre virtuoso.
17. Un sacerdote de Cristo que vive conforme a su ley, conoce las escrituras y tiene el deseo de edificar a la gente, debe predicar, pese a la pretendida excomunión. Y más adelante: si el Papa o cualquier orden de un superior a un sacerdote dispuestos de manera de no predicar, el subordinado no debe obedecer.
18. El que entra en el sacerdocio, recibe un derecho vinculante para predicar, y este mandato debe ser llevado a cabo, a pesar de una pretendida excomunión.
19. Por censuras de la iglesia de excomunión, suspensión y entredicho el clero someter a los laicos, por el bien de su propia exaltación, multiplicar la avaricia proteger a la maldad y preparar el camino para el anticristo. El signo claro de ello es el hecho de que estas censuras vienen de anticristo. En los procedimientos judiciales del clero que se llaman jaculatorias, que son el principal medio por el cual el clero proceder contra los que descubrir la maldad del anticristo, que el clero tiene en su mayor parte usurpado por sí mismo.
20. Si el Papa es malo y, sobre todo si es conocido de antemano a la condenación, entonces es un diablo, como Judas, el apóstol, un ladrón y un hijo de la perdición y no es la cabeza de la iglesia militante santa ya que no es ni siquiera un miembro de que.
21. La gracia de la predestinación es el vínculo mediante el cual el cuerpo de la iglesia y cada uno de sus miembros está indisolublemente unido a la cabeza.
22. La papa o un prelado que es malo y conocido de antemano a la condenación es un pastor sólo en un sentido equívoco, y verdaderamente es un ladrón y un salteador.
23. El Papa no debe llamarse "santísimo", incluso por razón de su cargo, pues de otro modo, incluso un rey debería llamarse "santísimo" en razón de su cargo y los verdugos y pregoneros deben ser llamados "santos", de hecho, incluso el diablo se llama "santos", ya que es un funcionario de Dios.
24. Si el Papa vive en contra de Cristo, aunque se ha incrementado a través de una elección correcta y legítima de acuerdo con la constitución humana establecida, habría aumentado en una forma que no sea a través de Cristo, incluso sentado que entró en su cargo por una elección que había han realizado principalmente por Dios. Porque, Judas Iscariote era correcta y legítimamente elegido para ser un apóstol de Jesús Cristo que es Dios, sin embargo, se metió en el redil por otro camino.
25. La condena de los cuarenta y cinco artículos de Juan Wyclif, decretado por los médicos, es irracional e injusto y mal hecho y el motivo alegado por ellos es fingida, es decir, que ninguno de ellos es católica, pero cada uno es o herético o erróneo o escandaloso .
26. El acuerdo de viva voz a alguna persona, hecho según la costumbre humana por los electores o por la mayor parte de ellos, no significa por sí mismo que la persona ha sido legítimamente elegidos o que por este mismo hecho de que él es el verdadero sucesor y manifiesto o vicario del apóstol Pedro o de otro apóstol en una oficina eclesiástica. En efecto, es a las obras del elegido que debemos mirar con independencia de si la forma de la elección fue buena o mala. Para, mayor abundancia meritoriamente una persona actúa en la construcción de la iglesia, la mayor abundancia está obteniendo un poder de Dios para esto.
27. No hay la menor prueba de que debe haber una cabeza dirigente de la Iglesia en lo espiritual, que siempre vive con la iglesia militante.
28. Cristo gobernaría mejor a su iglesia por sus verdaderos discípulos esparcidos por todo el mundo, sin que estas cabezas monstruosas.
29. Los apóstoles y sacerdotes fieles del Señor enérgicamente rige la iglesia en los asuntos necesarios para la salvación ante la oficina del papa fue introducida, y que continuarán haciéndolo hasta el día del juicio si - que es muy posible - no hay Papa .
30. Nadie es señor civil, un prelado o de un obispo, mientras está en pecado mortal.
[Sentencia que condena Petit propuesta de Juan: "Cualquier tirano»]
Este Sínodo santísimo desea proceder con especial cuidado a la erradicación de errores y herejías que están creciendo en diversas partes del mundo, como es su deber y el fin para el que ha reunido. Se ha sabido recientemente que varias propuestas han enseñado que son erróneas, tanto en la fe y en cuanto a las buenas costumbres, son escandalosas en muchos sentidos y amenazan con subvertir la Constitución y el orden de cada estado. Entre estas proposiciones éste se ha informado: Cualquier tirano puede y debe ser asesinado, lícita y meritoriamente, por cualquiera de sus vasallos o súbditos, incluso por medio de las parcelas y halagos o la adulación, no obstante cualquier juramento prestado, o un tratado hecho con el tirano, y sin esperar a una sentencia o una orden de un juez. Este santo sínodo, que deseen oponerse a este error y para erradicarla por completo, declara, decreta y define, después de madura deliberación, que esta doctrina es errónea en la fe y en lo que respecta a la moral, y lo rechaza y condena la doctrina como herética, escandalosa y sediciosos y como líder en el camino a través de perjurio a los fraudes, engaños, mentiras y traiciones. Se declara, decreta y define, además, que los que obstinadamente afirman esta doctrina son muy perniciosos herejes y deben ser castigados como tales de acuerdo a las sanciones canónicas y legítimo. [37]
[La deliberación sobre legados por salir con el emperador Segismundo de España, el consejo;. Deliberaciones menores sobre el ejercicio de la actividad del consejo]
[Inminente partida del emperador del consejo se trata de: el Consejo ofrece oraciones por su éxito.]
Decretos [acerca de diversas cuestiones que decida el consejo: el poder es dado a los jueces para tomar decisiones, y para los pares de ellos para conocer de los casos, que los toros del consejo deben ser obedecidos, que forjadores de conciliar los toros deben ser castigados en del mismo modo que los falsificadores de cartas apostólicas, que las cartas se enviaron con respecto a las gracias concedidas por el Papa Juan antiguo, salvo excepcionales y gracias expectativas; embajadores de Italia son nombrados].
[Jerónimo de Praga, finalmente abjura de su fe pública y solemnemente. No se promulga en esta sesión una Ordenanza entre los Frailes Menores de la observancia estricta y otros de la vida en común, para poner fin a los desacuerdos que han surgido en algunas provincias, otra ordenanza por la cual los casos de herejía se han comprometido a algunos jueces. También se decretó que, a pesar de salvoconductos de los emperadores y reyes y otros, un juez competente puede consultar en la herejía, que el señor vice-canciller se acelere la constitución Caroline [38] en virtud de una bula del consejo, que los que tienen beneficios que asisten el consejo recibirá los frutos de sus beneficios en su defecto, que las letras sobre las disposiciones que, metropolitanas y otras iglesias patriarcales, las cuales fueron concedidas por el anterior Papa Juan antes de su suspensión, deberá ser enviado.]
[Una advertencia se decretó contra el duque de Austria, en nombre del obispo de Trento.]
[Sentencia que condena Jerónimo de Praga]
En el nombre del Señor, Amén. Cristo, nuestro Dios y salvador, la vid verdadera, cuyo Padre es el viñador, dijo que cuando enseñaba a sus discípulos y seguidores de otros en estas cuestiones: Si alguno no permanece en mí, será echado fuera como pámpano, y se secará. Este Santo Concilio de Constanza está siguiendo la enseñanza y llevar a cabo las órdenes de este maestro soberano y señor, en este caso de la investigación en la herejía que fue iniciado por el Santo Sínodo mismo. Toma nota de la charla pública y fuertes protestas en contra de dicho maestro Jerónimo de Praga, el maestro de las artes, laico. De los actos y procedimientos del caso, es evidente que dicho Jerónimo de Justicia, afirmó y enseñó varios artículos heréticos y erróneos, que fueron ya condenados por los Santos Padres, algunas de las cuales son blasfemos, otros escandalosos y otros ofensiva a los oídos de los devotos, así como erupción y sediciosos.
Se les hace mucho afirmó, predicado y enseñado por John Wyclif y Hus Juan, de maldita memoria, y fueron incluidos en varios de sus libros y folletos. Estos artículos, doctrinas y libros de la mencionada John Wyclif y Hus Juan, así como la memoria de Wyclif, y finalmente la persona de Hus, fueron condenados y condenados por este santo Sínodo mismo y su condena de la herejía. El dijo Jerome más tarde, durante el curso de esta investigación, en este santo sínodo, aprobado y dado su consentimiento a esta sentencia de condena y reconoce y profesa la fe verdadera, católica y apostólica. El anatema todas las herejías, especialmente aquella para la que había sido difamado y que él mismo confesó difamado - y que John Wyclif y Hus John había enseñado y celebrado en el pasado en sus obras, sermones y folletos, y en razón de que dicho Wyclif y Hus, junto con sus dogmas y errores, había sido condenado como herético por este santo sínodo mismo, y su enseñanza condenó lo mismo.
Hizo la profesión aceptación de todas las condenas de las cosas antes mencionados y juró que iba a permanecer en la verdad de la fe, y que si alguna vez se atrevió a pensar o predicar algo contrario a continuación, quiso someterse a la severidad de la ley canónica y estar sujeto a un castigo eterno. Se ofreció y dio a esta profesión de su escrito en su propia mano de este santo sínodo. Muchos días después de su profesión y de abjuración, sin embargo, como un perro vuelve a su vómito, pidió una audiencia pública que se conceda a él en este santo sínodo mismo, con el fin de que pudiera vomitar lo dispuesto en público el veneno mortal que se escondía dentro de su pecho. La audiencia se le concedió a él y él afirmó, y dijo que se profesan en efecto, en una asamblea pública del Sínodo mismo, que había consentido erróneamente a la frase citada condenar dicho Wyclif y Hus Juan y que había mentido en la aprobación de la sentencia . Él no temía decir que había mentido. De hecho, revocó ahora y por siempre su confesión, la aprobación y la profesión en relación con la condena de los dos hombres.
Afirmó que él nunca había leído ninguna herejía o error en los libros de dicho Wyclif y Hus Juan, a pesar de que se demostró claramente, antes de su profesión a la frase sobre los dos hombres, que había estudiado con cuidado, leer y enseñaron a sus libros y está claro que muchos errores y herejías contenidas en ellos. El dijo Jerome profesos, sin embargo, que se celebró y se cree lo que la iglesia tiene y cree sobre el sacramento del altar y la transubstanciación del pan en el cuerpo de Cristo, diciendo que él creía en Agustín y otros doctores de la iglesia más que en Wyclif y Hus. Es evidente de lo anterior que dicho Jerónimo adherido a la condena Wyclif y Hus y sus errores, y que él era y es un partidario de ellos. Este santo sínodo, por lo tanto decretó y ahora declara que dicho Jerónimo es ser echado fuera como pámpano que está podrido, seca y separada de la vid, y la pronuncia, declara y lo condena como un hereje que ha recaído en la herejía y, como una persona excomulgado y anatematizado.
[El tratado de Narbona, entre el rey de Aragón, el emperador y los enviados del consejo, se confirma [39]: el rey de Aragón retira la obediencia de Benedicto XIII y reconoce el Concilio de Constanza a través de sus enviados.]
[Inicio del proceso contra Pedro de Luna, llamado Benedicto XIII en su obediencia.]
[Una cita contra Pedro de Luna, llamado Benedicto XIII en su obediencia, se decreta.]
[Los enviados del conde de Foix Españolas se unen con el consejo de
acuerdo con los términos del tratado de Narbona.]
[Los enviados del rey de Navarra se han unido con el Consejo de conformidad
con los términos del tratado de Narbona.]
[El conflicto entre Federico, duque de Austria, y el obispo de Trento se discute:. Un informe se hace sobre la realización de la alerta decretada en el período de sesiones 20]
[La disputa Trento se concluye: Federico, duque de Austria, está condenado.]
I Los artículos de Narbona, relativa a la unidad de la iglesia, que fueron acordadas entre el emperador Segismundo y los enviados del concilio de Constanza, por un lado, y los emisarios de los reyes y príncipes de la obediencia de Benedicto XIII en el otro lado, se publicado por el consejo en una asamblea general el 13 de diciembre 1415 (véase Hardt 4584). Están impresos en Hardt 2, 542-554.
[Pedro de Luna es acusado de contumacia.]
[El proceso contra Pedro de Luna sigue.]
[Una advertencia se decretó en contra de Felipe, conde de Vertus, a petición del obispo de Asti. Otros menores tienen lugar las deliberaciones.]
[Pedro de Luna es de nuevo acusado de rebeldía y una investigación sobre él se establece.]
[El proceso contra Pedro de Luna, que se considera en rebeldía, sigue.]
[Todo está preparado para la condena de Pedro de Luna.]
[Los enviados del rey de Castilla se unen con el Consejo de conformidad con los términos del tratado de Narbona.]
[Se decretó que Pedro de Luna se citó para escuchar la sentencia del consejo.]
[Sentencia definitiva por el que Pedro de Luna, el Papa Benedicto XIII, es despojado del papado y privados de la fe.]
Que este juicio saldrá de la faz de aquel que está sentado en el trono, y de su boca sale una espada de doble filo, cuyas escalas son justas y pesos son verdaderas, que vendrá a juzgar a los vivos y los muertos, nuestro señor Jesús Cristo, Amén. El Señor es justo y ama sólo los hechos, su rostro se ve en la justicia. Pero el Señor mira a los que hacen el mal, para cortar su recuerdo de la tierra. Que no pierda, dice el santo profeta, la memoria de aquel que no se acordó de la misericordia y que persiguió a los pobres y necesitados. ¿Cuánto más no se pierda la memoria de Pedro de Luna, llamada por algunos Benedicto XIII, que persiguieron y perturbado todas las personas y la iglesia universal? Pues, lo mucho que ha pecado contra la iglesia de Dios y todo el pueblo cristiano, fomentar, nutrir y continuar con el cisma y la división de la iglesia de Dios ¿Cómo ardiente y frecuentes han sido la oración devota y humilde, exhortaciones y solicitudes de los reyes, príncipes y prelados con que ha sido advertido en la caridad, de acuerdo con las enseñanzas del Evangelio, para traer la paz a la iglesia, para curar sus heridas y reconstruir sus partes dividido en una estructura y un cuerpo, como él había jurado hacer, y como durante mucho tiempo que estaba dentro de su poder de hacer!
Él no quiso, sin embargo, a escuchar sus advertencias caritativas. ¿Cuántas fueron las personas que posteriormente enviado para dar fe de él! Porque él no escuchó a todos, incluso con estos, ha sido necesario, de acuerdo con la enseñanza evangélica de Cristo antes mencionados, por no decir a la iglesia, ya que él no ha escuchado aún a ella, que debe ser tratado como un pagano y un publicano. Todas estas cosas han sido claramente demostrado por los artículos procedentes de la investigación sobre la fe y el cisma celebrarse antes de este sínodo de autos, respecto de los asuntos anteriores y otros que se le imputan, así como por su verdad y su notoriedad.
Las actuaciones han sido correctas y canónicos, todos los actos han sido correctamente y examinó cuidadosamente y no ha sido madura deliberación. Por tanto, este mismo santo sínodo general, en representación de la Iglesia universal y, actuando como tribunal en la investigación mencionada, se pronuncia, decretos y declara por la presente sentencia definitiva escrito aquí, que el mismo Pedro de Luna, llamado Benedicto XIII como se ha dicho, ha sido y es un perjuro, un motivo de escándalo para la iglesia universal, un promotor y criador del cisma antigua, que desde hace tiempo la fisión y la división en la Iglesia santa de Dios, un obstructor de la paz y la unidad de la dicha iglesia, un perturbador cismático y un hereje, un desviador de la fe, un violador persistente del artículo de la fe Una iglesia, santa, católica, incorregible, notoria y manifiesta en su escándalo a la Iglesia de Dios, y que él ha hecho a sí mismo indigno de todos los títulos, el rango, el honor y la dignidad, rechazó y le cortó por Dios, privada por la propia ley de todo el derecho de ninguna manera pertenecen a él en el papado, o en relación con el pontífice romano y la iglesia romana, y separado de la iglesia católica como un miembro seco.
Este santo sínodo mismo, por otra parte, como medida de precaución, ya que según él mismo el que ocupa el papado, priva, declaró y echa fuera el dicho Pedro del papado y de ser el Sumo Pontífice de la Iglesia Romana y de todos los títulos, el rango , el honor, la dignidad, beneficio y de la oficina que sea. Se le prohíbe actuar a partir de ahora como el Papa o el Sumo Pontífice y romana. Se absuelve y declara que son absueltos todos los fieles de la obediencia a él, y de todo deber de obediencia a él y de los juramentos y obligaciones en cualquier forma que le hizo. Se prohíbe todos y cada uno de los fieles a obedecer, responder o atender, como si fuera Papa, dicho Pedro de Luna, que es notorio, declarado y depuesto cismático e incorregible hereje, o para mantener o puerto de él en cualquier forma contraria a lo anterior, o para ofrecerle ayuda, consejo o buena voluntad. Esto está prohibido bajo pena del delincuente que se cuenta como un promotor del cisma y la herejía y de ser privado de todos los beneficios, dignidades y honores eclesiásticos o seculares, y en virtud de otras sanciones de la ley, incluso si la dignidad es la de un obispo, un patriarca, un cardenal, un rey o el emperador.
Si actúan en contra de esta prohibición, que son, por este mismo hecho privados de estas cosas, en la autoridad de este decreto y la sentencia, y en que incurran las demás sanciones de la ley. Este santo sínodo, por otra parte, declara y decreta que las prohibiciones de todos y cada uno y todos los procesos, las sentencias, constitu-ciones, censuras y cualquier otra cosa alguna de que fueron emitidas por él y podría impedir lo anterior, quedan sin efecto, y se anula, revoca y los anula, que salvar siempre la de otras sanciones que los decretos ley para los casos anteriores.
[Decreto sobre el derecho de voto de los diputados de los reyes de Castilla y Aragón, sobre las cuales el acuerdo no se había alcanzado entre los diputados, dijo en la sesión anterior;. Decretos menor sobre otras cuestiones]
[En los consejos generales]
La celebración frecuente de los consejos general es un medio primordial de cultivar el patrimonio del Señor. Por sus orígenes las zarzas, espinos y abrojos de las herejías, errores y cismas, corrige las desviaciones, las reformas que se deforma y produce una cosecha rica fértil para la viña del Señor. Negligencia de los consejos, por otra parte, se extiende y fomenta los males antes mencionados. Esta conclusión se presenta ante nuestros ojos por el recuerdo de tiempos pasados y la reflexión sobre la situación actual. Por esta razón, establecer, aprobar, decreto y ordenar, por un edicto perpetuo, que los consejos generales se celebrarán a partir de ahora de la siguiente manera. La primera seguirá en cinco años inmediatamente después del final de este consejo, el segundo en siete años inmediatamente después de la final del próximo Consejo, y, posteriormente, que se llevarán a cabo cada diez años para siempre. Que se llevarán a cabo en lugares pontífice obligado es el supremo para designar y asignar dentro de un mes antes del final de cada consejo anterior, con la aprobación y consentimiento del Consejo, o que, en su defecto, el propio Consejo está obligado a designar. Así, por una cierta continuidad, siempre habrá un consejo o que ya existan o que se esperaba en un tiempo determinado. Si acaso surgen situaciones de emergencia, el tiempo puede ser acortado por el Sumo Pontífice, siguiendo el consejo de sus hermanos, los cardenales de la iglesia romana, pero nunca puede ser prolongada. Por otra parte, no puede cambiar el lugar asignado para el consejo siguiente sin necesidad evidente.
Si surge una emergencia por la que parece necesario cambiar el lugar - por ejemplo en el caso de un asedio, la guerra, la enfermedad o similar - entonces el Sumo Pontífice, con el consentimiento y la aprobación por escrito de sus hermanos antes mencionados o de dos tercios de ellos, sustituirlo por otro lugar que sea conveniente y bastante cerca del lugar previamente asignado. Debe, sin embargo, estar dentro de la misma nación a menos que el mismo o un obstáculo similar existe en todo el país. En este último caso se podrá convocar el consejo a otro lugar adecuado, que está cerca, pero dentro de otra nación, y los prelados y otras personas que son habitualmente convocados a un consejo estará obligado a venir a ella como si hubiera sido el lugar originalmente asignado . El Sumo Pontífice está obligado a anunciar y publicar el cambio de lugar o el acortamiento del tiempo en una forma legal y solemne, dentro de un año antes de la fecha asignada, de modo que dichas personas puedan reunirse y celebrar el consejo a la hora señalada .
[Medidas para evitar cismas futuro]
Si esto ocurre - aunque puede que no - que un cisma en el futuro surja de tal manera que dos o más personas dicen ser sumos pontífices, a continuación, la fecha del consejo, si es más de un año de descanso, es que deben ser presentados a un año antes; el cálculo de este a partir del día en que dos o más de ellos público asumido las insignias de su pontificado, o en que empezaron a gobernar. Todos los prelados y otros que están obligados a asistir a un consejo se reunirá en el consejo sin la necesidad de que cualquier citación, bajo pena de sanciones de la ley y de otras sanciones que puedan imponerse por el consejo, y dejar que el emperador y otros reyes y príncipes asistir en persona oa través de los diputados oficiales, como si hubieran sido rogó, a través de las entrañas de la misericordia de nuestro Señor Jesucristo, para apagar un fuego común.
Cada uno de los que afirma ser el Romano Pontífice está obligado a anunciar y proclamar el consejo como que tienen lugar al final del año, como se ha mencionado, en el lugar previamente asignado, sino que está obligado a hacer esto dentro de un mes después de la fecha en que llegó a saber que una o más personas había asumido las insignias del papado o estaba administrando el papado, y esto es bajo pena de condenación eterna, de la pérdida automática de los derechos que había adquirido en el papado, y de ser descalificado tanto activa como pasiva de todas las dignidades. También es obligado a hacer el consejo conocido por carta a su rival reclamante o reclamantes, retando a él o a un proceso judicial, así como a todos los prelados y príncipes, en la medida de lo posible.
Él irá en persona al lugar del consejo a la hora señalada, bajo pena de las sanciones antes mencionados, y no se moverán hasta que la cuestión del cisma ha sido completamente resuelto por el Consejo. Ninguno de los candidatos para el papado, además presidirá como Papa en el consejo. En efecto, con el fin de que la Iglesia se alegre más libre y rápidamente en un pastor indiscutible, todos los candidatos para el papado se suspenden por la ley tan pronto como el Consejo ha iniciado, bajo la autoridad de este santo sínodo, de toda la administración, y que la obediencia no se da de ninguna manera por cualquier persona, o de cualquiera de ellos hasta que la cuestión ha sido resuelta por el consejo.
Si esto sucede en el futuro que la elección de un pontífice romano se produce a través del miedo, que pesan sobre incluso un hombre firme, oa través de la presión, entonces declarar que carece de efectos o momento y no puede ser ratificado o aprobado por de asentimiento, aunque el estado de miedo cesa. Los cardenales, sin embargo, no puede proceder a una nueva elección hasta que un ayuntamiento ha tomado una decisión sobre la elección, a menos que la persona elegida dimite o muere.
Si lo hacen pasar a esta segunda elección, entonces es nula por la ley y tanto las que la segunda elección y la persona elegida, si se embarca en su reinado como Papa, se ven privados por la ley de cada dignidad, el honor y el rango - incluso cardenalicia o pontificia - y después de eso no elegible para el mismo, ni aun en el papado, y nadie puede de ninguna manera obedecen como Papa a la segunda persona elegida, bajo pena de ser un impulsor de cisma. En tal caso, el Consejo es velar por la elección de un Papa. Es lícito, sin embargo, y de hecho todos los electores están obligados, o por lo menos la mayor parte de ellos, para ir a un lugar seguro y hacer una declaración sobre el miedo, dijo. La declaración se hará en un lugar destacado ante notarios públicos y las personas importantes, así como ante una multitud de la gente. Se trata de hacer esto tan rápido como puede, sin peligro para su persona, incluso si existe una amenaza de peligro para todos sus bienes.
Se deberá indicar en su alegato de la naturaleza y el alcance del miedo y solemnemente juro que la acusación es cierto que creen que pueden demostrarlo y que no lo están haciendo por malicia o la calumnia. Tal alegación de miedo no se puede retrasar de ninguna manera hasta que el próximo Consejo.
Después de que han entrado y han denunciado el miedo en el formulario de arriba, están obligados a convocar a la persona elegida para un consejo. Si el Consejo no le corresponde más de un año después de su citación, a continuación, la fecha debe ser llevada adelante por la propia ley a sólo un año antes, de la manera explicada anteriormente. La persona elegida está obligado bajo pena de las sanciones antes mencionados, y los cardenales, so pena de perder automáticamente el cardenalato y todos sus beneficios, para anunciar y proclamar el Consejo en el plazo de un mes después de la citación, en la forma mencionada anteriormente, y hacerlo conocer lo antes posible. Los cardenales electores y otros están obligados a acudir en persona al lugar del consejo, en un momento adecuado, y permanecer allí hasta el final del asunto.
Los otros prelados están obligados a responder a citaciones de los cardenales, como se mencionó anteriormente, si la persona elegida no puede emitir una citación. Este último no presidirá el consejo ya que se han suspendido por la ley de todo gobierno del papado desde el momento en el concejo comienza, y no debe ser obedecido por cualquier persona en cualquier materia, so pena de convertirse en el delincuente un promotor de cisma. Si las emergencias mencionadas surgen dentro de un año antes del inicio de un consejo, es decir que más de una reivindicación de ser Papa o que alguien ha sido elegido por el miedo o la presión - a continuación, los que dicen ser Papa, o el que es elegido a través de el miedo o la presión, así como los cardenales, se considera por la ley como si hubieran sido convocados al consejo. Están obligados, además, a presentarse en persona en el consejo, para explicar su caso y esperar la sentencia del consejo.
Pero si ocurre alguna emergencia durante los acontecimientos por encima de la cual es necesario cambiar el lugar del consejo - por ejemplo, un sitio o de guerra o la enfermedad o algo así - a continuación, sin embargo, todas las personas mencionadas, así como todos los prelados y otros que están obligados a asistir a un consejo, están obligados a reunirse en un lugar de vecinos adecuado para el consejo, como se ha dicho más arriba. Por otra parte, la mayor parte de los prelados que se han trasladado a un lugar determinado dentro de un mes puede especificar como el lugar del consejo a los que ellos y otros están obligados a venir, como si hubiera sido el primer lugar asignado. El consejo, después de haber sido convocado y por lo tanto ha reunido y conocer la causa del cisma, pondrán un traje de rebeldía contra los electores o sus derechohabientes a ser papa o los cardenales, si acaso no logran llegar. A continuación, deberá decidir y castigar será, incluso más allá de las sanciones antes mencionada y en tal manera que la fiereza de la pena actúa como un ejemplo para los demás, los que tienen la culpa - no importa de qué clase o condición o preeminencia , ya sea eclesiástica o secular, que puede ser - en iniciar o fomentar el cisma, en su administración u obedecer, en su apoyo a los que rigen o en la toma de una elección en contra de la prohibición antes enunciada, o que mintió m sus denuncias por temor.
La perturbación causada por el miedo o la presión en una elección papal corroe y divide, de una manera lamentable, toda la cristiandad. Con el fin de que pueda ser asiduamente evitada, hemos decidido decretar, además de lo que se ha dicho más arriba, que si alguien lleva a tener o causas, o procure que se produjo, el miedo o la presión o la violencia de este tipo en la electores en una elección papal, o sobre cualquiera de ellos, o ha ratificado el asunto después de que se ha hecho, o aconseje o actos en apoyo de la misma, oa sabiendas reciba o defiende a alguien que ha hecho esto, o es negligente en el cumplimiento de la sanciones se mencionan a continuación - no importa de qué clase o condición o preeminencia del delincuente puede ser, aunque sea imperial o real o pontificia, o cualquier otra dignidad eclesiástica o secular que puede tener - y luego tiene como consecuencia las sanciones previstas en la constitución Papa Bonifacio VIII, que comienza Felicis, y será efectivamente sancionados por ellos.
Cualquier ciudad - incluso si es la misma Roma, aunque no puede ser - o cualquier otra corporación que le da la ayuda, consejo o apoyo a alguien que hace estas cosas, o que no han castigado como un delincuente dentro de un mes, en la medida en la enormidad de las exigencias del delito y existe la posibilidad de infligir el castigo, automáticamente estará sujeto a interdicción eclesiástica. Por otra parte la ciudad, además de la mencionada anteriormente, podrá ser privado de la dignidad episcopal, a pesar de los privilegios de lo contrario. Queremos, además, que este decreto se publicó solemnemente al final de cada consejo general y que se leyó y anunciado públicamente antes del inicio de un cónclave, donde y cuando la elección de un pontífice romano está a punto de tener lugar.
[En la profesión de ser hecha por el Papa]
Dado que el Romano Pontífice ejerce el poder tan grande entre los mortales, es justo que se le vincula a todos los más por los lazos indiscutibles de la fe y los ritos que se deben observar con respecto a los sacramentos de la iglesia. Por lo tanto, decreto y ordenar, con el fin de que la plenitud de la fe brille en un futuro pontífice romano con singular esplendor desde los primeros momentos de su Papa cada vez, que en adelante el que será elegido Romano Pontífice deberá hacer la siguiente confesión y profesión en pública, frente a sus electores, antes de su elección se publica.
En el nombre de la santa e indivisible Trinidad, Padre, Hijo y Espíritu Santo. Amén. En el año de Nuestro Señor un mil nacimientos, etc, yo, N., elegido Papa, con ambos confiesan corazón y la boca y profesar a Dios todopoderoso, cuya iglesia a la que se comprometen con su ayuda para gobernar, y que el bienaventurado Pedro, príncipe de los apóstoles, que mientras yo estoy en esta vida frágil que firmemente cree y mantenga la fe católica, de acuerdo con las tradiciones de los apóstoles, de los consejos generales y de otros santos padres, especialmente de los ocho consejos santa universal-es decir, la por primera vez en
Nicea, el segundo en
Constantinopla, la tercera en
Efeso, el cuarto en
Calcedonia, el quinto y sexto
Constantinopla, la séptima en
Nicea y el octavo en
Constantinopla -, así como de los consejos generales en el
De Letrán,
Lyon y
Vienne,
y voy a mantener esta fe sin cambios hasta el último punto y se confirme, defender y predicar al borde de la muerte y el derramamiento de sangre, y del mismo modo que se siga y observe en todas las formas del rito dictado de los sacramentos eclesiásticos de la iglesia católica. Esta es mi profesión y la confesión, escrita a mis órdenes por un notario de la Santa Iglesia Romana, que han firmado abajo con mi propia mano. Creo sinceramente que ofrecen en este altar N. a ti, Dios todopoderoso, con una mente pura y la conciencia devota, en presencia de los siguientes. Fabricado etc
[Que los prelados no pueden ser trasladados sin su consentimiento]
Cuando los prelados se traducen, no es común tanto espiritual como temporal y la pérdida y daños de carácter grave para las iglesias de las que se transfieren. Los prelados, por otra parte, a veces no mantienen los derechos y libertades de sus iglesias con el mismo cuidado, ya que de otra manera, por miedo de ser traducido. La insistencia de ciertas personas que buscan su propio bien, no la de Jesucristo, puede significar que el Romano Pontífice es engañado en esta materia, como un ignorante de los hechos, por lo que es fácilmente engañados. Por lo tanto, determinar y ordenar, por el presente decreto, que en adelante los obispos y los superiores no deben ser traducidos de mala gana, sin una causa grave y razonable que, después de que ha sido la persona en cuestión citado, se examinan y decidido con el asesoramiento de los cardenales de la Santa Iglesia Romana, o la mayor parte de ellos, y con su aval por escrito. Menores prelados, como los abades y otros con beneficios a perpetuidad, no debe ser cambiado, movido o destituido sin causa justa y razonable que ha sido investigada.
Añadimos, además, que de abades que cambiar el aval por escrito de los cardenales es necesario - al igual que es necesario que los obispos, como se ha dicho de ahorro, sin embargo, las constituciones y privilegios de cualquier iglesias, monasterios y órdenes.
[El botín y procuradores]
Papal reservas, así como los más exigentes y la recepción de procuradores que se deben a los ordinarios y otros prelados menor, con motivo de una visita, y del botín de los prelados difuntos, y otros clérigos, son gravemente perjudiciales para las iglesias, monasterios y otros beneficios eclesiásticos y de . Por lo tanto, declarar, mediante este edicto la actualidad, que es razonable y en el interés público que las reservas formuladas por el Papa, así como las exacciones y las colecciones de este tipo realizados por los coleccionistas y otros designados o nombrados por la autoridad apostólica, de ahora en adelante de ninguna manera que se produzca o para intentar llevarlas a cabo. De hecho, procuradores de este tipo, así como botín y los bienes de cualquier prelados que se encuentran en sus muertes, aunque sean cardenales o miembros de la casa papal o funcionarios o cualquier otros clérigos que sea, en la curia romana o fuera de él, no importa dónde o cuando mueren, van a pertenecer y ser recibido por, plena y libremente, las personas a las que deberían y tendrían que pertenecer a la finalización de las mencionadas reservas mandatos y exacciones. Nos prohíben la imposición de tales despojos de los prelados, incluso inferiores y otros, que están fuera y en contra de la forma de derecho consuetudinario. Sin embargo, la constitución del Papa Bonifacio VIII, de feliz memoria, a partir Praesenti, que se publicó con esta especialmente en cuenta, debe permanecer en vigor.
[Reformas que se han hecho por el Papa junto con el Consejo antes de que sea disuelto]
El Sínodo santísimo de Constanza [40] declara y decreta que el pontífice futuro supremo romano, que por la gracia de Dios se haya de elegir muy pronto, junto con este sagrado consejo o las que se delegó por las naciones individuales, está obligado a reformar el iglesia en su cabeza y en la curia romana, de acuerdo con la justicia y el buen gobierno de la iglesia, antes de que este consejo se disuelve, en virtud de los temas contenidos en los artículos siguientes, que fueron en varias ocasiones presentadas por las naciones por medio de reformas .
1. En primer lugar, el número, la calidad y la nacionalidad de los cardenales señor.
2. A continuación, las reservas de la Sede Apostólica.
3. A continuación, anatas, servicios comunes y servicios menores.
4. A continuación, colaciones de beneficios y gracias expectativas.
5. A continuación, los casos que son, o no, a ser escuchado en la curia romana.
6. A continuación, hace un llamamiento a la curia romana.
7. A continuación, las oficinas de la cancillería y penitenciario.
8. A continuación, las exenciones y las incorporaciones hechas en el momento del cisma.
9. A continuación, commendams.
10. A continuación, la confirmación de las elecciones. [41]
11. A continuación, frutos intercalares.
12. A continuación, no enajenar bienes de la iglesia romana y de otras iglesias.
13. A continuación, por qué razones y cómo un Papa puede ser corregida o depuesto.
14. A continuación, la erradicación de la simonía.
15. A continuación, las dispensaciones.
16. A continuación, los ingresos de la papa y los cardenales.
17. A continuación, las indulgencias.
18. A continuación, los diezmos.
Con esta adición, que cuando las naciones han delegado sus representantes, como se mencionó anteriormente, los otros pueden regresar libremente a sus propios países con el permiso del Papa.
[Que la elección del Romano Pontífice puede ser iniciado, a pesar de la ausencia de de Luna cardenales Pedro]
El sínodo general más sagrado de los billetes de Constanza lo acordado previamente en ella en Narbona relativas a la unidad de la iglesia y la admisión a este Sínodo de los cardenales de la obediencia de Pedro de Luna, llamado Benedicto XIII en su obediencia. Señala, también, que después de la expulsión notorio de dicho Pedro de Luna, los cardenales antes mencionados que habían sido convocados antes de la expulsión en los términos del acuerdo, no vino el plazo de tres meses y más después de la expulsión antes mencionados. El sínodo tanto, decretos y declara que, a pesar de su ausencia, se procederá a la elección del Romano Pontífice en la autoridad de dicho sínodo y de acuerdo con lo que se ha decidido por el mismo sínodo. Declara, sin embargo, que si llegan antes de la elección del Sumo Pontífice el futuro se ha completado, y si se adhieren al Consejo, que deben ser admitidos a la elección antes mencionados junto con los otros cardenales, de acuerdo con las directrices de la la ley y lo que será decidido por el consejo.
[En la manera y forma de elegir al Papa]
Para la alabanza, la gloria y el honor de Dios todopoderoso y por la paz y la unidad de la Iglesia universal y de todo el pueblo cristiano. La elección del pontífice romano y el futuro supremo es que pronto se celebrará. Deseamos que pueda ser confirmada con mayor autoridad y por la aprobación de muchas personas y que, conscientes como somos de la situación de la iglesia, sin dudas ni escrúpulos más tarde pueden permanecer en la mente de las personas en relación con la dicha elección, sino más bien que un seguro , la verdadera unión plena y perfecta de los fieles puede resultar de ella. Por lo tanto este sínodo general más santa de Constanza, teniendo en cuenta el bien común y con el consentimiento expreso y especial y el deseo único de los cardenales de la santa iglesia romana presente en el sínodo mismo, y del colegio de cardenales y de todas las naciones en este actual ayuntamiento, declara, ordena y decreta que, por esta única vez, en la elección del romano pontífice y supremo, se añadirá a los cardenales seis prelados y otros eclesiásticos de honor en las órdenes sagradas, de cada una de las naciones actualmente presente y llamado en el sínodo mismo, que han de ser elegidos por cada una de dichas naciones dentro de diez días.
Este santo sínodo mismo da poder a toda esta gente, en la medida en que sea necesario, para elegir al Romano Pontífice, según la forma aquí establecidas. Es decir, la persona debe ser considerada como el Romano Pontífice por la Iglesia universal, sin excepción, que es elegido y admitido por las dos terceras partes de los cardenales presentes en el cónclave y por dos tercios de los miembros de cada país, quienes han de y se han añadido a los cardenales. Por otra parte, la elección no es válida ni es la persona elegida para ser considerado como Sumo Pontífice, a menos de dos tercios de los cardenales presentes en el cónclave, y dos tercios de los de cada nación que debe ser y se han añadido a los cardenales mismo , de acuerdo con lo eligen como Romano Pontífice. El Sínodo también declara, ordena y decreta que los votos de las personas emitidos en las elecciones son nulas a menos que, como se ha dicho, dos tercios de los cardenales, y dos tercios de los de cada nación que debe ser y se han añadido a ellos, de acuerdo, directamente o por medio de la adición, a una persona.
Esto hay que añadir, además, que los prelados y demás personas que debe ser y se han añadido a los cardenales para la elección, están obligados a observar todos y cada uno constituciones apostólicas, incluso penales, que han sido promulgadas en relación con la elección de los Romano Pontífice, al igual que los cardenales se están obligados a observar, y están obligados a su observancia. Los electores, dijo, tanto cardenales y otros, también están obligados a jurar, antes de proceder a la elección, que en la atención a los asuntos de la elección, se procederá con la mente pura y sincera - ya que se trata de la creación de la vicario de Jesucristo, el sucesor del bienaventurado Pedro, el gobernador de la Iglesia universal y el líder de la grey del Señor - y que están convencidos de que se beneficiará el bien público de la iglesia universal si prescindir por completo de todo el afecto de las personas de cualquier nación en particular, u otros afectos desordenados, así como del odio y de gracias o favores otorgados, con el fin de que por su ministerio de un pastor beneficiosa y adecuada puede proporcionar para la Iglesia universal.
Este mismo santo sínodo, consciente de esta vacante notoria en la iglesia romana, fija y asigna los próximos diez días para los cardenales todos y cada uno de la Santa Iglesia Romana, ya sea presentes o ausentes, y los electores antes mencionados, para entrar en el cónclave que se celebrará en esta ciudad de Constanza, en el edificio principal de la comuna que ya ha sido asignado para este fin. El Concilio, declara y decreta que en estos próximos diez días a los electores antes mencionados, tanto los cardenales y otros mencionados anteriormente, debe entrar en el cónclave con el propósito de la celebración de las elecciones y de hacer y llevar a cabo todas las demás cuestiones de acuerdo en que las legislaciones ordenar y el decreto en todas las cosas, además de los mencionados anteriormente en relación con los cardenales electores y otros, relativa a la elección de un pontífice romano. El Santo Sínodo desea misma todas estas leyes para permanecer en vigor después de las cuestiones antes mencionadas se han observado.
Por esta vez, sin embargo, lo aprueba, ordena, y los decretos establece esta forma particular y la forma de elección. El Santo Sínodo mismo, con el fin de eliminar todos los escrúpulos, hace y declara aptos para activa y por pasiva la realización de todos los actos legítimos en el sínodo mismo, en la medida en que sea necesario, todos los que están presentes en el sínodo mismo, así como aquellos que vendrán y se adhieran a él, siempre guardando el otros decretos de este sagrado consejo misma, y será de suministro de cualquier defecto, si acaso alguna se producirá en el anterior, sin perjuicio de las constituciones apostólicas, incluso las publicadas en los consejos generales, y otras constituciones de lo contrario.
[Todo está preparado para el inicio del cónclave para elegir a un Papa. El 11 de noviembre el cardenal Colonna Oddo es elegido pontífice como Martín V]
[En este período de sesiones un toro de Martín V fue aprobado con respecto a Baldassare Cossa, antiguo Papa, que fue privado antes de su sede y encarcelado por el consejo, pero que ahora debe ser puesto en libertad]
[Ciertas leyes promulgadas sobre la reforma de la iglesia]
Relativa a las franquicias
Martín, obispo y siervo de los siervos de Dios. Tomamos nota de que desde el momento de la muerte del Papa Gregorio XI, nuestro predecesor, de feliz memoria, algunos pontífices romanos, o los que decía ser y eran considerados como tales en sus obediencias diferentes, ya sea por voluntad propia o por cuenta de la insistencia de los peticionarios, han concedido la exención de la jurisdicción de los Ordinarios de ciertas iglesias, monasterios, capítulos, conventos, prioratos, beneficios lugares y personas, que estaban en modo alguno quedan exentas en el momento de dicho Gregorio, con gran perjuicio de los Ordinarios de que se trate. Queremos evitar el daño de este tipo. Por lo tanto, revocar, con la aprobación de este sagrado consejo, todas las exenciones que se concedió por primera vez después de que el dijo que la muerte Gregorio XI, por cualquier persona quien dice ser pontífices romanos, aunque tal vez nosotros mismos con conocimiento autorizado o renovado las exenciones, sin la parte en cuestión se escuchan, a todas las iglesias catedrales, monasterios (incluso los que estaban exentos, pero se hicieron más tarde objeto de un monasterio de un orden diferente o tradición), capítulos, conventos, prelaturas, beneficios, lugares y personas que sea, si había disfrutado de ninguna exención antes estaban exentos de esta manera, pero simplemente estaban sujetos a la jurisdicción ordinaria, y no tuvo principio antes de esa hora.
Se exceptúan, sin embargo, las exenciones que se han hecho u otorgado ya sea por medio de la confirmación, el aumento o la adición, ni respecto de que el asunto fue ordenado por la autoridad competente, previa a las partes interesadas se habían presentado y oído estado, oa los que consintieron los ordinarios , a una orden de conjunto o de iglesias, monasterios, capítulos, conventos, beneficios y lugares fundada después de la hora mencionada a través de o en condición de exención o con una nueva fundación en la mente, o para universidades y colegios de los expertos. También revocar, con la aprobación de este sagrado consejo, todas las exenciones concedidas a perpetuidad por el Papa a través de personas inferiores. Les revocar aunque se adapte sin resolver acerca de ellos están pendientes, y poner fin a esas demandas. Volvemos a las iglesias, monasterios y otros lugares antes mencionados a la jurisdicción de sus ex ordinarios. No queremos perjudicar a la presente de alguna manera otras exenciones o tenencia concedidas antes de la muerte del, dijo Gregory. En el futuro, sin embargo, no tenemos la intención de conceder exenciones a menos que el caso ha sido examinado y los interesados han sido convocados.
En los sindicatos y las incorporaciones
Martin, etc No es posible dar una cierta regla sobre los sindicatos y las incorporaciones realizadas o tras la muerte de Gregorio XI. Por lo tanto, se les revocará, con el debido respeto a la justicia, a pesar de que la autoridad de la Sede Apostólica puede haber estado involucrado, sobre la excepción de las partes interesadas, a menos que se hicieron por razones buenas y verdaderas o que la persona interesada se han obtenido beneficios unidos de esta manera.
En frutos intercalares
Martin, etc A continuación, dejamos los frutos y los ingresos procedentes de iglesias, monasterios y beneficios durante la vacante que se realizará de acuerdo con la ley y las costumbres o privilegios. Nosotros se lo impidáis que se aplicará a nosotros oa la cámara apostólica.
En simoníacos
Martin, etc Muchas constituciones han sido emitidos en el pasado contra el mal de la simonía, pero no han sido capaces de erradicar la enfermedad. Queremos atención cuidadosa a esta cuestión en el futuro según como podemos. Por lo tanto, declarar, con la aprobación de este sagrado consejo, que las personas ordenado de una manera simoníacos son automáticamente suspendido el ejercicio de sus pedidos. elecciones simoníacos, postulaciones, confirmaciones y las disposiciones que se hizo a partir de ahora o en relación con cualquier iglesias, monasterios, dignidades, casas parroquiales, oficinas o beneficios eclesiásticos se declare nula por la propia ley y nadie adquiere ningún derecho a través de ellos. Aquellos que han sido promovidos por tanto, confirmar o no siempre pueden recibir sus frutos, pero están obligados a restaurarlos como si hubieran recibido lo que había sido injustamente. Estamos decreto, además, que tanto los que dan y los que reciben dinero en este asunto de la simonía automáticamente objeto de la sentencia de excomunión, a pesar de su rango se pontificio o cardenalicia.
En las dispensaciones
Martin, etc Como beneficios se conceden por razón de las funciones inherentes a ellos, nos parece absurdo que los candidatos que obtengan beneficios rechazar o negligencia para llevar a cabo sus funciones. Por lo tanto, revocar, con la aprobación de este sagrado consejo, todas las dispensaciones, otorgado por cualquier persona quien dice ser pontífices romanos, a cualquier persona elegida, confirmada en o suministrado a las iglesias, monasterios, conventos conventual, decanatos, archdeaconries o cualquier otro beneficios para los que una orden en particular debe ser concedida, o al que uno está apegado, por el que las personas en cuestión están exentos de recibir la consagración episcopal o la bendición abacial o de las otras órdenes que debe ser otorgado o se adjuntan. Esto no incluye, sin embargo, las dispensas concedidas de acuerdo con la forma de constitución de Bonifacio VIII inicio Cum ex decreto eo Se que dentro de seis meses a partir de la publicación de esta nuestra constitución, para los que están en la actualidad con contratos de tales, y en el plazo establecido por la ley para aquellos que les espera en el futuro, las personas interesadas que se consagraron o bendecido o la promoción de un orden requerida. De lo contrario, se ven privados por la propia ley de las mismas iglesias, monasterios, dignidades, casas parroquiales, oficinas y beneficios. Estas pueden entonces ser libremente atribuidas a otras personas o se podrá prever para ellos. Sin embargo, otras constituciones publicado sobre este asunto deben permanecer en vigor.
En los diezmos y otros derechos
Martin, etc mando y para la estricta observancia de las leyes que prohíben los diezmos y otros derechos que deben imponerse a las iglesias y los eclesiásticos de las personas más bajo que el Papa. Para nosotros, además, que de ninguna manera les imponen en general en todo el clero a menos que haya una razón grave y serio y una ventaja para la Iglesia universal, al hacerlo, y luego con el asesoramiento, el consentimiento y la aprobación por escrito de nuestros hermanos, los cardenales de la Santa Iglesia Romana, y los prelados con los consejos que convenientemente se puede obtener. Esto no debería ocurrir, especialmente en cualquier reino o provincia en la que los prelados de que se trate, o la mayoría de ellos, no han sido consultados o no han dado su consentimiento. De esta manera, sólo podrán ser percibidos por los eclesiásticos que actúen en la autoridad de la Sede Apostólica.
En la vida y la probidad de los clérigos
Martin, etc Entre los diversos fallos de los clérigos y prelados ésta ha echado raíces en especial, a saber, que muchos de ellos desprecian a una apariencia de decencia eclesiástica en su vestido y deleite en lo que es impropio. Ellos tratan de ajustarse a los laicos y que exhiben hacia el exterior en su vestido lo que están pensando en sus mentes. Por lo tanto, con la aprobación de este sagrado consejo, renovamos y para la observancia cuidadosa de todas las leyes actualmente en vigor con respecto a la vestimenta, la tonsura y los hábitos de los clérigos, en cuanto a las formas y colores, y sus estilos de pelo y el estilo y rectitud de su vida. Estas leyes se han tenido en cuenta muy poco tanto por el secular y el clero regular.
Sobre todo que para ser completamente abolido, con la aprobación del mismo consejo, el abuso por el que en ciertas regiones algunos clérigos y eclesiásticos, tanto seculares como regulares, e incluso (lo que deploramos aún más) los prelados de las iglesias, use guantes largos que son innecesariamente grandes y suntuosos, que se extiende a los codos, y la ropa con aberturas en la parte trasera y los costados, con las pieles que cubren los bordes de las partes, incluso de hendidura. Por otra parte, no tienen miedo de asistir a los oficios divinos en las iglesias - incluso en las iglesias en las que se beneficiaba - con ropa de este tipo, junto con sus sobrepellices y otras prendas gastadas para el culto y los servicios de la iglesia. Condenamos esta forma impropia de vestir para todos los eclesiásticos y prohibir el uso de estas prendas. Los que lo hacen de otro modo deben ser castigados como transgresores de los cánones. Estamos decreto, en particular, que si cualquier persona beneficiados, o de cualquier titular de una oficina en una iglesia, se atreve a asistir al oficio divino en la ropa por ejemplo, entonces se sabe que está suspendido de la recepción de sus ingresos eclesiásticos durante un mes para cada ocasión, tales , y los frutos de estos ingresos se aplicarán a la tela de la iglesia en cuestión.
Martin, etc Estamos decreto y declarar con la aprobación de este sagrado consejo, que las demandas de este sagrado consejo mismo. con respecto a los artículos contenidos en el decreto de reforma promulgada el sábado 30 de octubre [43] del año pasado, han sido y son recibidos por los diversos decretos, estatutos y ordenanzas, tanto las que han sido leídos en el presente período de sesiones y los acuerdos en los que se ha alcanzado con las naciones individuales del Consejo. [44] Deseamos estos decretos, estatutos y ordenanzas que se depositará en nuestra Cancillería y que las letras en forma pública, bajo el sello de nuestro rector, se elaborarán y entregados a aquellos que desean tenerlos.
[Decreto sobre el lugar del consejo siguiente]
Martin, etc deseo y el deseo de poner en vigor un decreto del concilio general [45], que establece, entre otras cosas, que los consejos general, siempre que se celebrará en el lugar que el Sumo Pontífice, con el consentimiento y aprobación de el consejo, está obligado a diputado y asignar, dentro de un mes antes del final de este consejo, como el lugar para el próximo Consejo después de la final de la actual. Con el consentimiento y la aprobación de este consejo de autos, por lo tanto, por el presente decreto, diputado y asignar a la ciudad de Pavía para este fin, y nosotros ordenamos y decreto que los prelados y otros que deben ser convocados a los consejos generales están obligados a ir a Pavía en el momento antes mencionados. ¡Que nadie, por lo tanto ... Si alguien Sin embargo. . . Dado y aprobado en Constanza, en el lugar de esta sesión pública. . .
[Sentencia de la disolución del consejo, y la concesión de indulgencias]
Martin, etc disolver el consejo, como el Sagrado Concilio se requiere, por razones que son ciertas, razonable y justa. Damos permiso, con la aprobación del consejo, a todos y cada persona en el consejo de regresar a casa. Por otra parte, en la autoridad de Dios todopoderoso y de sus bienaventurados apóstoles Pedro y Pablo y nuestra autoridad, concedemos a cada persona que ha tomado parte en este sagrado consejo y su negocio de una absolución completa de todos sus pecados, una vez en su la vida, siempre que se aprovecha de la absolución en la forma correcta dentro de los dos meses de su audiencia al respecto. Concedemos la misma a la hora de la muerte. Esto debe ser entendido como aplicable a los señores y los miembros de sus familias, siempre que ayunan todos los viernes durante un año a partir del día llegan a conocer de esta indulgencia, en el caso de los que buscan la absolución para los que se están vivo, y un año más en el caso de aquellos que la buscan para la hora de la muerte, a menos que estén legítimamente impedido de hacerlo, en cuyo caso se debe llevar a cabo otras obras pías. Después del segundo año, deberían ayunar los viernes hasta el final de su vida o para realizar otras obras pías. ¡Que nadie, por lo tanto. . . Si alguien Sin embargo. . . Dado y aprobado en Constanza en el lugar de esta sesión pública. ..
1 Esta nota no es de Tanner. Este consejo fue ocasionado por el cisma comenzó cuando los cardenales que habían elegido Papa Urbano VI el 8 de abril 1378 y que había encontrado en numerosas ocasiones lo reconoció posteriormente, decidió, en vista de su afán ofensivo para la reforma de la demanda que la presión que había estado bajo durante su elección había invalidado. En septiembre 1378 se eligió a Roberto de Génova [anti] Papa Clemente VII. Urbano VI excomulgó a todos ellos y designó a un nuevo colegio de cardenales. No continuó dos líneas de papas con el apoyo cardenales. Hartos de esta división bipartita de la cristiandad el "consejo" de Pisa en 1409 hizo tripartita comienzo otra línea
La línea legítima corrió: Urbano VI, Bonifacio IX, Inocencio VII, Gregorio XII.
La primera línea de antipapas decía: Clemente VII, Benedicto XIII.
La segunda línea de antipapas decía: Alejandro V, que fue sucedido por el antipapa Juan XXIII.
Hay que recordar que los reunidos en Constanza no constituía un concilio ecuménico hasta que el toro de Gregorio XII fue proclamado el 04 de julio 1415 en lo que en Tanner se llama "Sesión 14".
2 Es decir, durante las últimas semanas de 1378 que se interponía entre su elección y el repudio a sus electores "de la elección.
3 La documentación se puede encontrar en Mansi, vol. XXVII, cols. 730-46.
4 Affectiones Terrenas, 13 de marzo de 1415, Mansi, XXXII, col. 733.
5 Cum laudem de anuncios de la misma fecha, ib. col. 733-4.
6 Remota tamen omnino dicti Balthassaris praesidentia et praesentia; Mansi, col. 733. Las facultades otorgadas en la comisión se declaró que la referencia a "ipsam congregationem, en la cuántica por regiam dictam serenitatem, et non Balthassarem, sese facientem nuncupari vocatum Joannem XXIll..." Gregorio XII en ninguna parte habla de Juan XXIII "obediencia".
7 El calendario, Quia dominus noster sanctissimus: que comienza con la descripción de la asamblea. . . Celebris fama huius Sanctae Congregationis pro generali concilio Constantiensi. . . congregatae: las palabras esenciales se dan Ego Joannes. . . Concilium istud sacro generale CONVOCO et omnia por programa auctorizo ipsum et confirmo: Mansi, ib. col. 734.
8 Mansi, ib., Col. 735.
9 graciables Divina Dirigente de fecha de Rimini, 10 de marzo 1415; Mansi, ib. col. 737.
10 El calendario, el Ego de Carolus Malatestes, Mansi, ib., Col. 744
11 "Admittit, approbat et collaudet", ib., Col. 745.
12 Este documento de Juan XXIII fue leído y aprobado por el consejo en este primer período de sesiones.
13 Un "consejo" no reconocido por el Papa legítimo, el consejo de Pisa (1409), período de 22 (Msi 26, 1155).
14 realmente antipapa Alejandro V
15 A continuación se leyó Juan "Bull" ad pacem et ecclesiae exaltationem fecha 9 de diciembre 1413.
16 El consejo de 11 de Toledo (675), el canon 1 (Mansi 11, 137; Bruns 1, 308), cap. 3 C. V q. 4 (P. 1, 548).
17 Siguen los nombramientos de ministros del consejo y funcionarios
18 Juan XXIII había huido de Constanza en 20 de marzo 1415
19 y la reforma general de la iglesia de Dios en la cabeza y los miembros añade TEA. Estas palabras no se encuentran aún en los códices fiable de la personificación de Basilea (véase Hardt IV, prólogo de 15 y ss.)
20 Este párrafo es en esta patología, pero en realidad el asunto se propuso no sólo, decidido (véase Hardt, IV, 90).
21 Los siguientes también fueron aprobadas en este período de sesiones: una propuesta referente a los asuntos sobre Hus y Wyclif a tratar en la próxima sesión, un decreto de escribir cartas a los reyes y príncipes, en nombre del Consejo, sobre el vuelo del Papa y de continuar la la integridad del consejo, un decreto en el sentido de que el Papa Juan deben ser devueltos por el emperador al concilio de Constanza.
22 Con respecto a este artículo, los motivos de la condena se incluyen en los actos de la siguiente manera: La primera parte es un escándalo y presuntuoso la medida en que habla en términos generales y sin distinciones, la segunda parte es errorneous la medida en que afirma que comienzan no está permitido a los frailes.
23 Con respecto a este artículo, los actos incluyen las siguientes razones para la condena: Es un error si se entiende por la iglesia romana de la iglesia universal o un concilio general, o en la medida en que sería negar la primacía del Sumo Pontífice sobre el otro individuo iglesias.
24 En 1412 (Msi, 27, 505 a 508)
25 Esta condena no está en Asd
26 Estos artículos 260 condenados por la universidad de Oxford en 1411 (véase JA Reyes, Wyclif y las escuelas de Oxford, Cambridge, 1961, 244-246) no se encuentra en todas las versiones de los actos del consejo. En efecto, la nación francesa, dijo que no sabía nada de ellos, y por esta razón el mismo tema fue retomado en la 15 ª reunión (véase Hardt 4, 156 y 191;. Finke II, 34, 40 y 362 HL erróneamente afirma [7 , que 226] Este decreto fue passsed en la 9 ª sesión. Véase la 15 ª reunión de abajo.
27 En Hardt este decreto sigue la condena del Papa Juan para ser removido y destituido; HL (7, n. 248), por el contrario, afirma correctamente que precede a la oración, como el título de la muestra decreto.
28 A continuación se presenta un decreto por separado sobre la elección de cuatro magistrados para convocar a los prelados ausentes.
29 Tanner curiosamente dice "En este período de sesiones Papa Gregorio XII, a través de su legado Carlos Malatesta, aprobó el Consejo de Constanza y solemnemente renunció al papado." La palabra real utilizado fue convoco. Véase mi presentación (2).
30 Los siguientes decretos también fueron promulgadas en este período de sesiones con el fin de confirmar la renuncia de Gregorio XII y de unir a los seguidores de las dos obediencias: Procedimiento en las dos obediencias, resultantes de la escisión, se declara extinguida. Decreto indica que el proceso de elección del Romano Pontífice, cuando la sede está vacante, no puede comenzar sin el consentimiento del consejo (acuerdos de este decreto con los decretos promulgados en la sesión anterior). El Consejo ratifica todo lo que Gregorio XII hizo, canónicamente y de acuerdo a la razón, en su obediencia real. El decreto que Gregorio XII no puede ser reelegido no se hizo por motivos de incapacidad por parte del dicho señor Gregorio. El Consejo se reserva a sí mismo, y declara que en realidad se encargará de la resolución de problemas en los que dos o más personas de diferentes obediencias mantenga el mismo título. El Consejo acepta y reconoce como cardenales el señor Gregorio y sus cardenales. Que el señor Gregorio funcionarios conservarán sus cargos. Que nadie puede apartarse del consejo sin la autorización del consejo. Que el emperador Segismundo es atender a la seguridad del consejo. Decreto indica que el consejo requiere Pedro de Luna (Benedicto XIII) a renunciar.
31 La totalidad de esta sentencia condenatoria John Wyclif, junto con los artículos seleccionados de los 260, no está en Asd, pero los artículos se publican también en HL 7, 308-313.
32 Véase más arriba, la sesión 8 (p. 415). En Hardt (4, 400 y 408), esta segunda condena de Juan Wyclif no se distingue claramente de la condena de Juan Hus, que sigue inmediatamente en la misma sesión.
33 Inocencio III, véase Concilio de Letrán IV, Constitución 21 (véase más arriba, p. 245)
34 pero no se copulando como personas casadas Msi
35 Lugar: 1412 (Msi 27, 505-508
36 Sesión 8 [antes de que el consejo se convirtió en ecuménico]
37 En el presente período de sesiones diversas cuestiones se acordaron también sobre la ordenación y protección del trabajo del consejo: Decreto sobre el silencio; Constitución del consejo en contra de quienes saquean o personas que vienen a saquear o volver del consejo.
38 La Constitución de Carolina en la libertad eclesiástica, promulgada por el emperador Carlos IV en 1377, fue publicado por Hardt entre los actos del Consejo (4, 523-525). En la confirmación de esta sesión y luego promulgada, véase Hardt 4, 562-583
39 Los artículos de Narbona, relativa a la unidad de la iglesia, que fueron acordadas entre el emperador Segismundo y los enviados del concilio de Constanza, por un lado, y los emisarios de los reyes y príncipes de la obediencia de Benedicto XIII en el otro lado, se publicado por el consejo en una asamblea general el 13 de diciembre 145 (véase Hardt 4, 584). Están impresos en Hardt 2, 542-554
40 El sínodo general más sagrado de Constanza, legítimamente reunido en el Espíritu Santo, en representación de la Iglesia universal Asd.
41 Este artículo aparece en quinto lugar en el orden cambiado en TEA.
42 El toro 22 de febrero 1418 Martín V de cunctas Inter se promulgó en contra de los seguidores de John Wyclif y Hus Juan. Se dirige a todos los arzobispos, obispos e inquisidores. Incluidos en ella fueron los 45 artículos de Wyclif condenado en la sesión de los días 8 y los 30 artículos de Hus, condenados en la 15 ª reunión. Todos los sospechosos fueron para responder a 39 preguntas, que fueron enumerados en el toro, en estos artículos (véase Hardt 4, 1518-1531; HL 7, 507-529, 657-689 D).
43 ª 40
44 de los acordados en el consejo de Martín V - con las naciones Español, Francés, Alemán e Inglés - también han sido publicados en Raccolta di concordati Su matene ecclesiastiche tra la S. Sede e le AUTORITA civilización, editado por A. Mercati , yo Roma 1954, 144-168 (véase HL 7, 535-565).
45 Sesión 39
46 Al comienzo de esta sesión, los polacos pidieron una confirmación solemne de la condena como herética de la doctrina de Juan Falckenberg en tiranicidio. Esta doctrina ya había sido condenada por las naciones individuales, pero no por el consejo. respuesta el Papa Martín fue la siguiente: El citado señor nuestro Papa, dijo, en respuesta a estas propuestas, protestas, peticiones y sugerencias, después el silencio se había impuesto a todos (ya que algunos decían mucho y causar una perturbación), ya modo de respuesta a los puntos antes mencionados, que deseaba mantener y observar inviolablemente, y nunca ser contrarias a la de cualquier manera, todos y todo lo que se había determinado, concluido y decretado de manera conciliar, en materia de fe, por este regalo sagrado concilio general de Constanza. El Papa aprueba las cosas se hagan así de una manera conciliar, y que ratifica todas las cosas acerca de asuntos de la fe que se hicieron en el consejo de una manera conciliar y no otra cosa o de alguna otra manera (Hardt 4, 1557).
Este tema presentación en el original idioma Inglés
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